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​¿En qué consiste la equidad de género?


Son muchos los conceptos teóricos que intentan establecer ciertos criterios a la hora de evaluar y promulgar la igualdad entre personas. Uno de ellos es el concepto de equidad de género, que hoy intentaremos describir y conocer en profundidad.

Equidad y género

La imparcialidad, la justicia y la igualdad constituyen las partes sobre las cuales se cimienta el concepto de equidad, por otro lado, la manera para asociar y agrupar a los individuos que comparten al menos una o más características es el género.

Igualdad y equidad de género

“Los diferentes comportamientos, aspiraciones y necesidades de mujeres y hombres son considerados, valorados y favorecidos de la misma manera”

—ABC de las mujeres trabajadoras por la igualdad de género; Ginebra, 2000, pág. 47-48

La igualdad entre el hombre y la mujer está amparada por la equidad de género en el uso de los servicios y bienes sociales. Lo que quiere decir suprimir la discriminación entre sexos y no favorecer, de manera preferente, al hombre sobre la mujer en los aspectos que conforman la vida social, como sucedía, de forma habitual, décadas atrás en el conjunto de la sociedad occidental.

Condiciones para la equidad de género

“Los derechos, responsabilidades y oportunidades de cada uno no dependerán de si la persona es hombre o mujer”

Sin embargo, para que la equidad de género pueda darse han de generarse dos circunstancias imprescindibles. Por una parte, igualdad de oportunidades y por otra crear una serie de condiciones para aprovechar estas oportunidades.

Debemos tener presente que equidad de género significa crear estándares para aquellas oportunidades existentes y repartirlas justamente entre ambos sexos. Hombres y mujeres han de contar con las mismas oportunidades de desarrollo en todos los aspectos; a nivel personal, la oportunidad de crecer, realizarse uno a sí mismo y ser feliz, como en el ámbito laboral. El estado, así pues, ha de garantizar que los recursos se asignen de manera proporcional.

“Hombres y mujeres serán tratados con justicia de acuerdo a sus propias necesidades. El tratamiento que se le dé a cada uno puede ser diferente pero equivalente en términos de derechos, beneficios, obligaciones, y oportunidades”.

Equidad de género en el trabajo

La mujer no puede tener una remuneración inferior respecto al hombre a la hora de desempeñar las mismas funciones en lo que al ámbito laboral se refiere, deben obtener lo mismo en función de sus méritos y no debe ser favorecido un género en detrimento del otro. Con independencia del género se debe recibir igual remuneración en un mismo empleo, con las mismas responsabilidades y obligaciones.

Hay que añadir un aspecto sumamente importante, equidad no significa descuidar las características propias de cada género en particular, un ejemplo de ello es que las mujeres tienen derecho, del mismo modo los hombres, a una licencia por maternidad más prolongada que una licencia por paternidad. En este supuesto, atendemos a cuestiones estrictamente biológicas y realizamos lo que se llama una discriminación positiva entre los dos sexos.

¿Qué entendemos por discriminación positiva?

A continuación explicaremos un concepto crucial en el momento de aplicar la equidad, se trata de la discriminación positiva o acción afirmativa. Este término es clave: hace referencia a las actuaciones orientadas a disminuir las prácticas discriminatorias en contra de sectores, que culturalmente a lo largo de la historia, han sido excluidos y considerados como seres desarraigados y vulnerables.

Un ejemplo serían los individuos con alguna discapacidad física o mental y de igual modo las mujeres, quienes por razón de la influencia de la cultura judío-cristiana y patriarcal, han sido relegadas a la categoría de individuos de segundo orden. Todo ello se agrava aún más si a causa del género además la mujer reúne la condición de padecer alguna disminución como bien citábamos o cualquier otra característica culturalmente considerada negativa.

La discriminación positiva se traduce en una legislación específica ideada para igualar las oportunidades laborales, ejercicio de los derechos democráticos, participación en las instituciones estatales y órganos de gobierno, así como el acceso a la educación. Para todo ello han sido necesarios incontables años de movilizaciones y reivindicación social.

Un ejemplo son las leyes de protección de la mujer en casos de violencia de género, favorecer la educación mixta o la no segregación por sexos, ayudas económicas o excepciones fiscales, entre otras medidas.

En algunos países desarrollados, el resultado de la discriminación positiva ha sido muy eficaz en la equiparación de manera progresiva de las mujeres en el mercado de trabajo.

¿Qué avances se han producido la discriminación positiva?

Cabe señalar que para alcanzar la citada equidad se están produciendo, en la actualidad, avances importantes. Nos encontramos, por mencionar un hecho, con que en el estado español se promueve la denominada paridad entre hombres y mujeres en el ámbito político.

Hay organizaciones que se dedican exclusivamente a la equidad de género. Estas entidades promueven la igualdad entre hombres y mujeres a la vez que abogan por los derechos de la mujer. Elaboran constantemente proposiciones políticas útiles para conseguir la equidad, favoreciendo así que las mujeres estén presentes y participen en todos los sectores de la sociedad.

A continuación es interesante recordar los eventos más importantes en relación a los derechos de las mujeres y en materia de igualdad y equidad. Como el Comité para la Eliminación de Toda Forma de Discriminación contra la Mujer de 1982 y la recomendación 19 que aclaró que la violencia contra la mujer es una forma de discriminación. Otro evento sería la movilización sin precedentes de 1993 para exigir a la Conferencia Mundial de Derechos Humanos que se posicionara a favor de sus derechos y que llevó a la creación del artículo 18; que dice así:

“Los derechos humanos de la mujer y la niña son parte inalienable e indivisible de los derechos humanos universales. La plena participación, en condiciones de igualdad, de la mujer en la vida política, civil, económica, social y cultural y la erradicación de todas las formas de discriminación basadas en el sexo son objetivos prioritarios de la comunidad internacional”

“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos’’ (..) ‘’toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición’’

—Declaración Universal de Derechos Humanos; artículo 1 y 2.

“Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”

—La Constitución Española de 1978; artículo 14.