Secreto bancario
El secreto bancario es la facultad legal de una entidad financiera de no revelar a las autoridades fiscales competentes la información privada de sus clientes. Suele considerarse una variante específica del secreto profesional aunque admite numerosas excepciones.
De la misma manera que otros tipos de secreto profesional, el secreto bancario se extiende a toda la información que la entidad posee sobre su cliente, así como a todas las acciones que se deriven de su actividad con él. Sin embargo, la principal diferencia con el secreto profesional convencional radica en que el bancario puede implicar la no publicación de datos privados ante requerimientos de la administración pública.
Es así como existen distintos grados de secreto bancario, que van desde la protección de la información de clientes ante el público general hasta el máximo nivel de privacidad.
Excepciones al secreto bancario
Normalmente existen excepciones estipuladas por la regulación financiera, como por ejemplo cuando hay en curso una investigación sobre posibles delitos. Esto implica que en muchos casos un banco podría no aportar datos de sus clientes ante instancias de la administración pública, pero sí se vería obligado a hacerlo ante instancias judiciales.
A principios del siglo XXI el secreto bancario existía en países como Suiza o Luxemburgo y en los llamados “paraísos fiscales” (Mónaco, Singapur, Islas Caimán, etc.), dando lugar a fuertes controversias ya que en ocasiones ha dificultado la lucha de otros estados contra la evasión fiscal y el lavado de dinero. Normalmente el secreto bancario suele estar asociado a países de muy reducida dimensión, ya que en estados más grandes la transparencia fiscal podría verse seriamente dificultada. Sin embargo existen también casos de países que sin ser microestados aplican el secreto bancario, como Líbano y República Dominicana.