Prorrata
Una prorrata es la cuota o parte proporcional a la que un miembro de una colectividad tiene derecho u obligación en base a su participación en la misma.
En términos generales, una prorrata se corresponde con la parte alícuota a la que el miembro de un grupo o sociedad tiene derecho. Esto, si se produce el reparto de activos, o en caso la entidad registre un saldo acreedor.
Prorrata proviene del latín “pro rata parte” que significa literalmente “de acuerdo a la parte calculada”, es decir, hace referencia a la proporción en la que cada persona u organización tiene derecho en base a su aporte, o puede dividirse en partes iguales si cada sujeto ha aportado la misma cantidad.
Prorrata es sinónimo de alícuota, es decir, de proporcionalidad en cuanto a la tenencia de un activo, o en lo referente a una obligación en el caso de ser un pasivo. Así pues, cada parte del capital de una sociedad sería la prorrata del reparto de los beneficios, bienes o deudas de dicha sociedad.
Un caso concreto: La prorrata salarial
Existe un buen ejemplo en el ámbito sociolaboral donde la prorrata se pone de manifiesto, como son las pagas extraordinarias o la inexistencia y prorrateo de éstas.
En este caso, se puede mantener este sistema en el cual el salario bruto anual se divide en determinadas pagas, o se pueden prorratear, es decir, repartir la suma total de las pagas extras en el resto del año, de tal forma que tan solo se reciban 12 pagas mensuales, derivado de tener la paga mensual normal y la parte proporcional a ese mes de la cuantía de las pagas extras.