Malas prácticas bancarias

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Las malas prácticas bancarias son el conjunto de acciones que llevan a cabo las entidades financieras en la relación con sus clientes que no están dentro de los estándares de transparencia, debida diligencia y correcto suministro de la información. Estas llevan consigo un incumplimiento de la regulación.

Para llevar a cabo un control de las las prácticas de los bancos , la Unión Europea propuso una normativa financiera conocida como MIFID (Markets in Financial Instruments Directive) con la finalidad de proteger al inversor realizando un test de idoneidad en base a su perfil de riesgo, mejorar la información suministrada, y realizar una correcta evaluación de su cultura financiera así como de su grado de aversión al riesgo.

La implantacion de MIFID III está en proceso, con condiciones más estrictas enfocadas a la transparencia en la valoración de los productos financieros así como en sus precios, gracias a la existencia de cámaras de compensación centrales y a la reforma del mercado de valores con referencias de registro único conocidas como RCCs.

Consideración de malas prácticas bancarias

Se consideran malas prácticas bancarias las siguientes:

  • Abuso de la posición dominante de mercado.
  • Información incorrecta de tarifas y comisiones así como de productos financieros con fines comerciales.
  • Errónea evaluación del perfil inversor de los clientes.
  • Incorrecta valoración de productos financieros.
  • Mal suministro de precios de los productos financieros.
  • Apuntes contables en perjuicio de sus clientes.
  • Exceso de comisiones aplicadas por encima del máximo legal permitido.
  • Fallos tecnológicos en el routing de las operaciones en bolsa.
  • Excesivas posiciones de descubierto en cuentas.

Muchas de estas prácticas se pueden reclamar ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores o a través del servicio de reclamaciones del Banco Central de cada país. A su vez, otro manera de denunciar las malas prácticas bancarias es a través de la organización de consumidores (OCU). Como conclusión, todas estas acciones constituyen elementos graves en el trato hacia los clientes que deben ser corregidas.