Donación

3 min

La donación es un contrato a través del cual se transfiere de manera gratuita un bien a otra persona que acepta dicha transferencia. Las partes en este acuerdo se denominan donante y donatario, siendo el primero el que transfiere el bien y el segundo el que lo recibe.

La donación siempre implicará que el patrimonio del donante se reduzca y, por el contrario, que el del donatario se acreciente. Sin embargo, el donante puede reservarse el usufructo de lo donado hasta un tiempo estipulado o bien de por vida. Entonces, solo cuando fallece, el donatario recibe la donación en cuestión.

Tipos de bienes donados

Los tipos de bienes donados pueden clasificarse en las siguientes categorías:

  • Donación de bienes materiales: Son las donaciones de fondos y bienes que se encuentran reguladas a través del conocido impuesto de sucesiones y donaciones. Su objetivo no es otro que realizar un acto de caridad para quien lo necesita.
  • Donación de bienes culturales: Hay instituciones que se encuentran dedicadas a la preservación cultural, tales como bibliotecas, zoológicos y museos, las cuales frecuentemente reciben donaciones vinculadas a sus temas de interés. Por ejemplo, cuando un prestigioso escritor fallece y su familia decide donar a alguna biblioteca la colección de sus obras.
  • Donación de impuestos: Existen donaciones que mantienen como meta la reducción de tributos.

Características de la donación

Las principales características de una donación son las siguientes:

  • Gratuidad: No se efectúa con ánimo de lucro.
  • Principal: No depende de otro contrato para existir.
  • Irrevocable: En principio no puede revertirse, aunque por ingratitud puede ser revocada.
  • Unilateral: La obligación principal es para el donante, quien entregar el bien dado.
  • Consensual: Juega un papel importante tanto el consentimiento del donante como el del donatario.
  • Instantánea: Su ejecución es inmediata
  • Solemne: Se deben cumplir ciertas formalidades, como cuando se realiza la donación de un bien inmueble a través de la obligada escritura pública.

Modalidades de las donaciones

Sin dejar de lado su esencia de disposición gratuita a favor de terceros, exponemos a continuación las diferentes formas de la donación:

1. Según la vida del donante: La donación en vida del donante recibe la calificación de inter-vivos, mientras que cuando se produce una vez fallecido el mismo, se habla de donación mortis causa. Esta última se regirá por las reglas establecidas para la sucesión testamentaria, debiendo el donatario sobrevivir al donante.

2. Según el carácter libre u oneroso: Las donaciones onerosas son aquellas en las que se impone una carga al donatario, siempre que el valor de esta sea inferior al valor de lo donado. En cambio, las donaciones de carácter libre no se vinculan a ninguna carga.

3. Según el móvil de la donación: Nos encontramos con las donaciones remuneratorias, las cuales atienden a los méritos o servicios prestados al donante.

4. Según la condición modal: Se pueden subrayar las donaciones con causa suspensiva, es decir, aquellas que no tienen efectos hasta que se produce un determinado hecho o evento. Asimismo, las donaciones con causa resolutoria son las que contemplan que, en caso se cumplan ciertas condiciones, se pierda efectividad de la donación.

5. Según sea directa o indirecta:
Son donaciones directas aquellas en las que se da el esquema típico de la donación. Las indirectas son en las que se produce el enriquecimiento del donatario y correlativo empobrecimiento del donante mediante la celebración de otros actos jurídicos.