Cuenta mancomunada

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Una cuenta mancomunada o conjunta es aquella que se origina cuando existen dos o más titulares que pueden operar con la misma con el permiso del resto.

El nombre de mancomunada se deriva de la necesidad de contar con el acuerdo de todos los titulares para realizar operaciones, de ahí que se les califique como cuentas mancomunadas o conjuntas. Suelen utilizarse cuando se dan casos de intereses comunes como, por ejemplo:

  • En una empresa en la que no hay apoderados que puedan decidir libre e independientemente.
  • Cuando se producen casos de herencias en las que hay varios herederos.
  • Aquellas circunstancias en las que la ley marque que es necesario el beneplácito de todos los inscritos.

Excepción y requisitos

También en algunos casos las entidades financieras permiten que cualquier titular opere por su cuenta y realice transacciones sin la necesidad de que firmen los demás. Entienden que estas cuentas se constituyen por personas que confían entre sí. En ese caso, la cuenta deberá ir denominada con los nombres de todos los titulares y la conjunción “o” en lugar de “y”. De esta forma, se señala que cualquier persona inscrita en la cuenta tiene poderes para operar sin la necesidad de contar con permiso del resto, en cuyo caso se denominan cuentas indistintas o solidarias.

En una cuenta mancomunada, así como en las indistintas, también puede darse la figura de autorizado. A partir de esta figura, a una o más personas se les da el poder de que puedan realizar operaciones sin que ello menoscabe la propiedad de la misma, por lo que los autorizados no responden por las deudas o el patrimonio que posea la cuenta.

Generalmente, las cuentas mancomunadas se dan en situaciones en las que los titulares gozan de mutua confianza entre sí, ya que aunque se necesite la firma del resto para operar, en caso de que haya discrepancias, los servicios de reclamaciones pueden congelar y bloquear la cuenta a la espera de que se solucione este hecho, pudiendo demorar en el tiempo la posibilidad de realizar la transacción.

Guillermo Westreicher

Hola Amanda,

Así es. Cuando aparece la conjunción "O" (por ejemplo, José Pérez o Juan Aliaga) cualquiera de los dos puede disponer de la cuenta sin autorización del otro. Gracias por comentar.

Saludos

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Francisco Coll Morales

Hola Esperanza;

Por supuesto que sí. El utilizar esa cuenta para otros asuntos que no tengan que ver con tu empresa es posible. No obstante, como desconocemos las condiciones de dicha cuenta, te recomendamos que acudas a tu entidad bancaria y que te informen.

Esperamos haberte ayudado, un abrazo.

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Guillermo Westreicher

Hola,

Se necesita la aprobación de todos los titulares de una cuenta mancomunada para el retiro del dinero, salvo se constituya como una cuenta solidaria, como explicamos en el artículo. En este último caso, cualquiera de los titulares puede hacer operaciones sin el permiso de los demás. Gracias por comentar.

Saludos

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Blanca Leticia

Hola buenas tardes yo quiero abrir una cuenta mancomunada con mi ex esposo para recibir el valor de venta de una casa pero necesito que él no pueda retirar sin mí firma es posible y que cuenta sería la que necesito abrir

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Guillermo Westreicher

Hola,

Para hacer retiros de una cuenta mancomunada como la que mencionas se requeriría, en principio, siempre el permiso de ambos. La excepción es cuando se especifica en la constitución de la cuenta lo contrario, pudiendo ambos retirar con plena libertad. Gracias por tu consulta.

Saludos

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José Francisco López

Hola Paulina,

Lo ideal es que consultes eso con tu banco, pues dependerá de las condiciones del contrato y de la legislación aplicable en el país.

Saludos y gracias por comentar.

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Guillermo Westreicher

Hola,

Depende de la entidad financiera o banco respectivo, pudiendo variar en la realidad de cada país. Incluso, en algunos casos creo que puede abrirse una cuenta desde cero. Gracias por tu consulta.

Saludos

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Maria

Mi mamá Aperturo una cuenta mancomunada con mi hijo en el 2013 en esa época él tenía 13 años, mi mamá falleció el 2019 y mi hijo a la fecha tiene 18 años mayoría de edad cuando fue a querer retirar lo ahorrado de la cuenta le dijeron que era mancomunado “y” y que debería tener una declaración de herederos de mi mamá para que se pueda cancelar la cuenta, cuando mi mamá estaba aún con vida fuimos al banco para consultar cómo sería el retiro del ahorro si ella ya no estaría y los del banco le dijeron que sólo con el DNI del otro beneficiario a su mayoría de edad, y ahora el banco nos pide una serie de documentos entre ellos la declaración de herederos, es bueno que cuando se Aperture este tipo de cuentas se asesoren bien

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José Antonio Ludeña

Hola María,

Muchas gracias por tu comentario. Deberá de presentar la documentación necesaria para justificar el fallecimiento de la mamá para poder extraer el capital. Muchas gracias por compartir su experiencia con el resto de lectores.

Un saludo de todo el equipo de Economipedia 🙂

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José Antonio Ludeña

Hola Patricia,

Muchas gracias por tu pregunta. En una cuenta mancomunada debe aparecer el nombre de las personas mancomunadas en ella. Sumado a esto, la mayoría de trámites deberán de realizarlos todos los mancomunados a la vez, incluso estando presentes en una misma oficina.

Espero haberte ayudado.

Un saludo de todo el equipo de Economipedia 🙂

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José Antonio Ludeña

Hola Mary,

Muchas gracias por tu pregunta. En principio, si tu pareja no se ha divorciado y fallece, la principal heredera será su primera esposa de la parte correspondiente de esa cuenta mancomunad será su esposa.

Espero haberte ayudado.

Un saludo de parte de todo el equipo de Economipedia 🙂

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