A la orden

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Se denomina a la orden a la modalidad de pago de bienes y servicios que consiste en la fijación de una fecha determinada para el abono del importe. A su vez el derecho de cobro puede ser transmitido o cedido a terceros.

El hecho de comprometer una transacción en particular a la orden supone la ventaja de garantizar una adquisición en el presente sin tener la necesidad de contar con los recursos económicos en el mismo momento.

Al mismo tiempo el hecho de que un documento sea emitido bajo esta circunstancia económica significa que puede ser transmitida a terceros. Es decir, el compromiso de cobro del determinado importe puede ser cedido o endosado voluntariamente a otros sin que eso modifique la cantidad o la fecha límite, entre otras condiciones fijadas.

Gracias a la alta facilidad de endose y su facilidad de cobro en multitud de entidades financieras esta modalidad está extendida, ya que no causa ralentizaciones administrativas. Al tiempo posibilita a los agentes económicos posibilidad de financiación para compras a cambio de un pago futuro en un corto plazo.

No obstante, las cesiones de derechos de cobro bajo esta modalidad son tratadas en su totalidad, no permitiendo asignaciones o endoses por importes parciales. Cada título tiene por tanto un valor comercial indivisible.

Principales usos comerciales transmitidos a la orden

Gran variedad de efectos o valores comerciales tales como cheques, pagarés o letras de cambio son documentos de compromiso de pago sujetos a condicionarse mediante esta modalidad habitualmente.

Lo más común en estos casos es emplear la forma a la orden en compras de bienes o servicios con pagos aplazados a 3 meses de media. En otras palabras, habitualmente se emplean estos documentos de pago a la orden en operaciones comerciales con importes bajos. Estos documentos también se pueden llamar títulos a la orden.

El uso y cobro de un título a la orden es ágil y adaptado a todo tipo de personas físicas o jurídicas. Pequeños proveedores y comerciantes habituados a la compra y venta continua de materiales en su actividad económica acostumbran a desenvolverse con este tipo de mecanismos de pago.

Ejemplo de a la orden

Supongamos que nos quieren retribuir mediante un pagaré a la orden. Eso querrá decir, que ese pagaré (que está en nuestro poder) podemos dárselo a otra persona (cederlo). ¿Para qué querríamos dárselo a otra persona? Imaginemos que tenemos que pagar una factura. En ese momento no tenemos dinero en efectivo, ya que el pagaré es un compromiso de pago. Dado que necesitamos hacer la compra, acordamos con el vendedor darle nuestro pagaré por el valor de la compra. Al ser un pagaré a la orden, está permitido que un tercero (el vendedor) pueda luego cobrar ese pagaré.