Definición de preterintención

El término preterintención no forma parte del diccionario de la Real Academia Española (RAE). Sí aparecen, en cambio, preterintencional y preterintencionalidad, conceptos que se emplean en el terreno del derecho.

Una acción preterintencional es aquella que genera consecuencias más graves de las que se pretendía provocar. A la cualidad de preterintencional se la denomina preterintencionalidad, que en algunos casos puede ser considerada como un atenuante a la hora de establecer la responsabilidad criminal de un sujeto.

Preterintención se emplea como sinónimo de preterintencionalidad. Ambas ideas provienen de la expresión latina praeter intentionem, que se refiere a actuar “más allá de la intención”.

Quien accionó de manera preterintencional no buscaba un efecto tan grave como el que causó. En el derecho penal, la preterintención supone que el sujeto tuvo intención de cometer un determinado delito pero termina produciendo un delito de mayor gravedad que no quería ocasionar.

Dicho de otro modo, la preterintención surge cuando se produce un resultado antijurídico que excede la intención del responsable del hecho. De acuerdo a la tipificación legal, la culpabilidad preterintencional acarrea una pena mayor en comparación al delito que se pretendía cometer, aunque no llega a alcanzar la sanción fijada por el hecho causado. Como se puede advertir, la ley tiene en cuenta tanto el hecho deseado como el hecho cometido.

Supongamos que, tras una colisión entre dos automóviles, los conductores comienzan a discutir y luego se trenzan en una pelea. En medio del enfrentamiento, uno de los involucrados empuja al otro, quien sea cae, golpea su cabeza contra el suelo y muere. En este caso, hay un homicidio preterintencional: el responsable quería agredir físicamente a la víctima pero no buscaba quitarle la vida.

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