Definición de insolvencia
En el latín es donde encontramos el origen etimológico del término insolvencia que ahora vamos a analizar en profundidad. Exactamente deriva de la palabra “insolventia”, que puede traducirse como “que no se disuelve” y que es el fruto de la unión de varios componentes léxicos de dicha lengua:
-El prefijo “in-”, que significa “no” o “sin”.
-El verbo “solvere”, que es equivalente a “soltar” o “liberar”.
-La partícula “-nte-”, que es un sufijo que se usa para indicar “agente”.
-El sufijo “-ia”, que se emplea para indicar “cualidad”.
Se denomina insolvencia a la ausencia de solvencia. La idea de solvencia, a su vez, alude a la falta de deudas o a la capacidad de pago que permite satisfacer lo adeudado.
La insolvencia, por lo tanto, refiere a la incapacidad de abonar una deuda. Quien es insolvente no está en condiciones de cumplir con una obligación financiera.
Por ejemplo: “Tuvimos que modificar el proyecto ya que nos conducía a la insolvencia económica”, “El aumento de los costos y la caída de pasajeros hacen que casi todas las empresas de transporte se encuentren en una situación de insolvencia”, “Me preocupa la insolvencia de mi cuñado, le presté dinero hace un año y aún no me ha devuelto nada”.
Quiebra, crisis, deuda, suspensión de pagos, empobrecimiento, ruina, indigencia e incluso descrédito son otras de las palabras que funcionan como sinónimos de insolvencia. Por el contrario, entre sus antónimos están términos como riqueza, bonanza, garantía o crédito.
En el terreno de la contabilidad, la solvencia es el indicador que relaciona los activos y los pasivos de una persona, ya sea jurídica o física. Si una empresa tiene un activo total de 10.000 pesos y un pasivo total de 5.000 pesos, la relación activo total / pasivo total es de 2 (por cada peso de pasivo, dispone de 2 pesos de activo). Si la situación fuera inversa, con un activo total de 5.000 y un pasivo total de 10.000 pesos, la entidad estaría en una situación de insolvencia, ya que tendría 2 pesos de pasivo por cada peso de activo.
A nivel jurídico, la idea de insolvencia se emplea respecto a la persona que no tiene la liquidez necesaria para afrontar el pago de sus obligaciones. La insolvencia supone la imposibilidad de satisfacer una deuda: al entrar en suspensión de pagos, se lleva a cabo un concurso de acreedores y se establece un plan para que el deudor pueda cumplir.
Es importante establecer, además de todo lo indicado, que existen dos tipos de insolvencia dentro de lo que es el ámbito de la ley concursal:
-La insolvencia actual es la que tiene lugar cuando el deudor no puede cumplir con lo que son sus obligaciones cuando los acreedores les exigen esas, es decir, cuando las citadas vencen. En esta situación, se impone la obligación legal de proceder a solicitar lo que se conoce como concurso de acreedores.
-La insolvencia inminente, por otra parte, es la que se produce cuando la empresa en cuestión se encuentra amenazada por una circunstancia en concreto y calcula que no va a poder cumplir con las obligaciones que tiene.