Definición de hecho jurídico
Antes de entrar de lleno en el significado del término hecho jurídico, vamos a proceder a conocer el origen etimológico de las dos palabras que le dan forma:
-Hecho, en primer lugar, deriva del latín, exactamente de “factum, factus”, que emana, a su vez, del verbo “facere”, que es sinónimo de “hacer”.
-Jurídico, en segundo lugar, también podemos establecer que procede del latín. En su caso, de “iuridicus”, que deriva del vocablo “ius, iuris” y que es sinónimo de “Derecho”.
Un hecho es un acontecimiento, un suceso, una obra o algo que se concreta. Jurídico, por su parte, es aquello que se ajusta al derecho: el conjunto de las normas que regulan y ordenan las relaciones humanas y que expresan un ideal de justicia.
A partir de estas ideas, resulta sencillo comprender qué es un hecho jurídico. Se trata de una acción que provoca un efecto jurídico (es decir, una consecuencia legal).
Un hecho, en este marco, es un acto realizado por un ser humano que, una vez concretado, ya no puede dejar de ser. En el caso de un hecho jurídico, ese acto produce un efecto jurídico determinado. Hay una norma que establece que, ante la producción del hecho en cuestión, se origina una consecuencia a nivel jurídico.
El efecto de un hecho jurídico puede consistir en la adquisición, la modificación o la pérdida de un derecho. Esta consecuencia dependerá del ordenamiento jurídico en el cual se enmarca el hecho. Los hechos jurídicos siempre se encuentran tipificados de manera objetiva en las normas.
De acuerdo a sus características, el hecho jurídico puede ser humano (se realiza voluntariamente) o natural (se concreta de modo involuntario). También puede clasificarse como negativo o positivo por su contenido, o como simple o complejo según su composición.
El nacimiento y la muerte de una persona, por ejemplo, son hechos jurídicos, igual que la redacción de un testamento o la firma de un contrato. Como se puede advertir, todos estos actos tienen una consecuencia jurídica, más allá de las diferentes particularidades de cada uno.
Otros claros ejemplos de hechos jurídicos son el nacimiento de una persona, un genocidio, la promulgación de una ley, un golpe de estado, una declaración de guerra…
En ocasiones, suelen confundirse hecho jurídico y acto jurídico. Sin embargo, la diferencia entre ellos es muy clara y concreta: mientras que en el hecho jurídico no hay una voluntad humana, en el acto jurídico sí la hay. Es decir, este es una acción con consecuencias jurídicas por voluntad humana.
Asimismo, es interesante conocer que en ocasiones ambos términos van de la mano. Buena muestra de ello es que hay ejemplos de hechos jurídicos que, además, también son actos jurídicos. Este sería el caso, por ejemplo, la firma de un contrato, la comisión de un delito o el otorgamiento de lo que se conoce como consentimiento matrimonial.
Los actos jurídicos, además, es interesante conocer que los hay de muchos tipos: unilaterales, bilaterales, formales, no formales, positivos, negativos, de familia, patrimoniales, causados, abstractos de causa, gratuitos, onerosos, de última voluntad…