Definición de derogación
Determinar el origen etimológico de la palabra “derogación” que nos ocupa es el primer paso que debemos dar antes de entrar de lleno en la determinación de su significado. En concreto, tenemos que decir que emana del latín, del término “derogatio”.
La acción de derogar consiste en dejar sin efecto algo que estaba fijado o determinado. La derogación, por lo tanto, consiste en la revocación, supresión o cancelación de una normativa, una regla o un hábito.
Por ejemplo: “El gobierno anunció la derogación de la medida que impedía comercializar materias primas con el país vecino”, “Nuestro partido se ha comprometido a trabajar por la derogación de la Ley 3.258”, “Si se confirma la derogación de la norma, cientos de empresas podrían instalarse en la zona que actualmente se encuentra vedada”.
El concepto de derogación es muy frecuente en el ámbito del derecho. Se trata del proceso que se lleva a cabo para anular una ley, una norma u otro tipo de disposición.
Esto quiere decir que, cuando una ley es abolida, se habla de derogación. En cambio, el procedimiento que lleva a la instauración de la ley se conoce como promulgación. Existen organismos e instancias habilitadas para concretar la promulgación y la derogación de las normas de acuerdo a su rango.
En ciertas legislaciones, de todos modos, hay entidades que están en condiciones de decidir la derogación de una norma aunque no tienen facultad para decretar una promulgación.
Hay que establecer además que hay diversas causas que pueden llevar a lo que sería la derogación de una ley en concreto. Así, entre las más frecuentes, se encuentran las siguientes:
• Por razones propias de la ley. Esto se da cuando ella ha sido establecida para la duración de un tiempo concreto o cuando ha caducado de manera absolutamente espontánea.
• Porque se ha sancionado otra ley que la deja sin efecto o que incluso directamente establece su fecha de caducidad.
• Porque deja de ser usada por costumbre o porque ya se hace como que no existe.
Es posible distinguir entre dos clases de derogaciones. Las derogaciones tácitas tienen lugar cuando una nueva norma deja sin efecto a aquellas que la preceden y que ordenan lo opuesto a la normativa promulgada. Las derogaciones expresas, en cambio, mencionan de manera directa qué norma es anulada.
Además de todo lo expuesto no podemos pasar por alto tampoco que la derogación de una ley puede ser total o parcial.
En estos tiempos que vivimos, no sólo se han llevado a cabo diversos tipos de derogaciones sino que además la sociedad pide que se acometa esa misma acción con otras normas. Así, por ejemplo, en España ha existido más de una movilización ciudadana exigiendo que el gobierno, y concretamente el de Madrid, derogue la ley que permite lo que se conoce como privatización de la sanidad.
De la misma manera, en todo el mundo han existido solicitudes y peticiones de los hombres y mujeres de a pie para que se derogue, por ejemplo, la ley de bloqueo de Cuba.