Facultades extraordinarias: qué son, significado, características
¿Qué son las facultades extraordinarias?
Las facultades extraordinarias son las atribuciones que otorga el poder legislativo al poder ejecutivo para atender más eficazmente una situación sobrevenida. Estas facultades están en vigor mientras dure la emergencia.
Las facultades extraordinarias exceden las atribuciones normales del poder ejecutivo. Por ello, se otorgan de forma temporal. En este caso, el presidente o el gobernador actúan por delegación de poder del Congreso, que los inviste de poderes extraordinarios para enfrentar la emergencia.
Sin embargo, algunos tratadistas del derecho señalan que el gobernante no actúa por delegación de poder, sino que es su facultad constitucional.
Un caso famoso de otorgamiento de facultades extraordinarias a un gobernante se presentó en Argentina, en 1929. Se trató del gobernador de la provincia de Buenos Aires, Juan Manuel de Rosas.
Tras su designación como gobernador, Rosas recibió facultades extraordinarias de manos de la legislatura. El otorgamiento de poderes extraordinarios a este gobernante marcó un hito en el derecho constitucional argentino.
Teoría de la función constitucional
Esta teoría considera que los poderes extraordinarios que recibe el gobernante son una facultad constitucional que este tiene. Pero, requiere de un mandato o ley del poder legislativo para activarse.
De acuerdo con esta teoría del derecho constitucional, una vez el presidente recibe el mandato de parte del poder legislativo, este adquiere un poder igual o, en ocasiones, mayor al del propio Congreso que lo otorgó.
El poder legislativo, entonces ante los actos de gobierno del presidente, solo podría modificar dichos actos o derogarlos.
En caso de que el presidente se exceda en el ejercicio de sus funciones, no solo estaría violando la ley que le otorgó las facultades extraordinarias, sino en realidad la propia constitución, porque está actuando por potestad de esta.
Cuando ocurre una sublevación, por ejemplo, se autoriza al ejecutivo para la declaratoria del estado de excepción. Mientras dura la emergencia, algunas garantías individuales se pueden suspender o restringir de forma temporal.
Estas son parte de las facultades extraordinarias que recibe el poder ejecutivo (presidente de la república).
Ellas limitan los derechos constitucionales individuales. Por tanto, deben ejercerse en un marco jurídico regulado y delimitado, para evitar los excesos en su aplicación.
Características de las facultades extraordinarias
-Es una norma establecida legalmente para atribuir un poder.
-El poder que se otorga es de forma limitada.
-La aplicación de la norma se hace directamente.
-Los decretos dictados por el gobierno en el ejercicio de las facultades extraordinarias y los decretos de los estados de excepción tienen rango, fuerza y valor de ley.
-La ley que la atribuye tiene un mandato específico y va dirigida a un organismo público en particular, distinto a las demás leyes cuyo contenido es abstracto.
-El otorgamiento de facultades extraordinarias a un gobernante es una petición que el Congreso hace al gobierno para que colabore en la restauración del orden constitucional.
Facultades extraordinarias de Juan Manuel de Rosas
Ya en agosto de 1829, luego de firmarse el Tratado de Barrancas, era obvio que quien tenía el poder político en la provincia de Buenos Aires era Juan Manuel de Rosas.
Su nombramiento como gobernador en diciembre de ese mismo año por parte de la restaurada legislatura fue considerado, en realidad, un acto de mera formalidad.
Todos consideraban necesario su nombramiento, tras la finalización del gobierno interino de Mariano Severo Balcarce, yerno del libertador José de San Martín.
Aún persistían el clima de agitación y la inestabilidad generada por el asesinato del gobernador de la provincia de Buenos Aires, Manuel Dorrego, un año antes.
Sin embargo, lo que sí generó un profundo debate en la Sala de Representantes fue el otorgamiento de facultades extraordinarias. Aunque no era la primera vez que se otorgaban estos poderes especiales a un poder gobernante.
Las facultades extraordinarias, denominadas también “lleno de facultades”, fueron otorgadas por primera vez en 1811. El Triunvirato Ejecutivo se las adjudicó a través del Estatuto Provisional de ese mismo año.
En otras provincias argentinas, los gobernadores – caudillos las recibían de las respectivas juntas de representantes.
Justificación
Las facultades extraordinarias estaban justificadas por el estado de agitación e intranquilidad que aún existían luego del magnicidio de Dorrego.
Estas, más el poder que detentaba, le permitieron gobernar de manera discrecional y autoritaria. Por esta razón, se le considera un dictador. De esta manera enfrentó las constantes crisis e inestabilidad política propias de la época.
Rosas fue escogido por tener el pulso popular necesario para el momento y por sus cualidades de hombre serio, de acción y trabajo.
Su misión era restaurar las leyes conculcadas por la Revolución de Mayo. Fue bautizado oficialmente como el “Restaurador de las Leyes”.
La importancia de las facultades extraordinarias aprobadas al gobernador provincial Juan Manuel Rosas radica en que se consideran el primer antecedente del estado de sitio, reglamentado en el artículo 23º de la Constitución argentina.
Restricciones
Las únicas restricciones que se impusieron a Rosas en la ley que le confirió las facultades extraordinarias fueron:
- Conservar, defender y proteger la religión católica
- Defender y sostener el federalismo como forma de gobierno.
El gobernador de la provincia de Buenos Aires, Juan Manuel Rosas, gobernó la provincia de Buenos Aires durante los períodos 1829-1832 y 1835-1852.
Durante su mandato se creó la conscripción obligatoria para todos, sin distinción de clase. También se elevó el número de soldados hasta 10,000 hombres.
Referencias
- Lorenzo, C. R. Manual de historia constitucional de Argentina. books.google.co.ve
- Juan Manuel de Rosas. Consultado de es.wikipedia.org