Definición de juzgado
Quien desee conocer a fondo el término juzgado que ahora nos ocupa, lo primero que debe hacer es proceder a descubrir su origen etimológico. En concreto, tenemos que decir que este se encuentra en el latín pues emana del verbo iudicare, que puede traducirse como “dictar un veredicto”.
Un juzgado es un tribunal de un solo juez o una junta de jueces que concurren con el objetivo de dar una sentencia. El término, por extensión, se utiliza para nombrar al sitio donde se juzga. Por ejemplo: “Mañana tengo que ir al juzgado a declarar por el juicio de López”, “El juzgado determinó que el acusado era inocente y ordenó su inmediata liberación”, “Los miembros del juzgado fueron amenazados por los familiares de las víctimas”.
Juzgado puede utilizarse como sinónimo de corte o tribunal de justicia. En este caso, el juzgado es un órgano público que resuelve litigios bajo su jurisdicción. Puede tratarse de un tribunal unipersonal (las resoluciones las dicta un único juez) o un tribunal colegiado (una pluralidad de jueces dictan las resoluciones).
En el caso de España tendríamos que decir que existen muy diversos tipos de juzgados, entre los que se encuentran los de paz, de primera instancia e instrucción, los de lo penal, los de lo social, los que tratan asuntos del ámbito contencioso-administrativo, los de menores o incluso los de vigilancia penitenciaria.
Los juzgados también pueden distinguirse entre ordinarios (deben responder a los asuntos que ocurren en su jurisdicción, cualquiera sea su naturaleza o actores), especiales (establecidos por la Constitución para resolver ciertas materias particulares o juzgar a determinadas personas) y arbitrales (cuyos jueces no son funcionarios públicos).
De acuerdo a la jerarquía, existen juzgados inferiores (ocupan el grado inferior de la pirámide judicial) o superiores (también llamados magistrados). Respecto a la fase de procedimiento en que intervienen, por otra parte, puede hablarse de juzgado de instrucción (a cargo de las actuaciones preparatorias del juicio) o juzgado sentenciador (dictan la sentencia).
Otra clasificación de los juzgados hace referencia a los juzgados de competencia común y los juzgados de competencia especial, de acuerdo a su ámbito de competencia en el marco de la legislación vigente.
Además de todo lo expuesto no podemos tampoco pasar por alto la existencia de una expresión coloquial que se utiliza frecuentemente y que incluye el término que ahora estamos analizando. Se trata de la locución adjetival “de juzgado de guardia”. Con ella lo que se intenta expresar es que un hecho o un comentario es intolerable, escandaloso y absolutamente inadmisible.
Un ejemplo del uso de aquella es la siguiente frase: “Las manifestaciones del director de banco sobre que había que trabajar más y ganar menos para salir de la crisis son de juzgado de guardia, tanto por la miseria que viven muchas familias como porque él ha sido acusado de fraude fiscal”.
Curiosamente hay que subrayar que una de las series de televisión más significativas de los años 90 se titulaba “Juzgado de guardia”. Una comedia era esta que contaba las peculiares situaciones que cada noche se producían en un juzgado de Manhattan.