Qué son Prestaciones:
Prestaciones es el plural de la palabra “prestación”. Suele referirse al conjunto de servicios y beneficios que las instituciones, públicas o privadas, tienen la obligación legal de brindarle a sus trabajadores.
En su acepción más genérica, se entiende por prestación la acción o efecto de conceder o prestar algo, sea una cosa o servicio, en el marco de un convenio o pacto que exige compromiso entre las partes.
Tipos de prestaciones laborales
Normalmente, las leyes del trabajo definen un conjunto de prestaciones laborales que el empleador está obligado a ofrecer a sus trabajadores para garantizar su protección económica y personal.
En este sentido, las prestaciones abarcan tanto beneficios económicos adicionales al salario básico como servicios:
- Seguro social;
- pago de vacaciones;
- utilidades;
- aguinaldos;
- seguro de salud personal y familiar;
- planes de ahorro;
- planes de alimentación (comedor o vales).
La finalización de los contratos laborales implica también prestaciones adicionales, sea por renuncia o por despido injustificado, en cuyo caso se debe pagar al empleado una indemnización. En ambos casos, suele exigirse un preaviso.
Ver también Derechos laborales.
Existen también otro tipo de prestaciones que, según los países, pueden ser complementarias u obligatorias. A saber:
- Capacitación;
- planes de retiro;
- servicio de guardería infantil;
- bonos de productividad;
- prima por antigüedad, etc.
Las prestaciones laborales se han ido transformando con el tiempo según la complejidad social. La incorporación de la mujer al trabajo trajo como consecuencia que se incluyeran nuevos beneficios como:
- licencia de maternidad (pre y postnatal);
- licencia por lactancia (de incorporación reciente a las legislaciones);
- licencia por adopción para las mujeres.
Un giro muy interesante lo representa el reconocimiento de prestaciones por ampliación del grupo familiar para los hombres en algunos países. Entre estas prestaciones para hombres están:
- Licencia de paternidad;
- licencia por adopción.
Prestaciones sociales y trabajo independiente
Los trabajadores independientes, quienes no tienen empleador, y los trabajadores a destajo , que no establecen contratos de continuidad que generen derechos, deben hacerse responsables personalmente de pagar el seguro social, así como prever sus propios planes de retiro y otros beneficios. Esto quiere decir que igualmente tienen derecho a un mínimo de cobertura y a una pensión de retiro, siempre que hayan cotizado en el seguro social.
Ver también: