Qué es Cesión:

Se conoce como cesión a la acción de ceder, de entregar, una cosa o derecho a alguna persona, entidad u organización, por ejemplo: cesión de bienes, cesión de derechos. La palabra cesión es de origen latín “cessio”.

En el ámbito del derecho, cesión es la convención por la cual alguien (cedente) transmite a otro (cesionario) sus derechos o créditos por título gratuito u oneroso. En el caso de cesión de los derechos hereditarios, una vez que el causante muere, el heredero puede transmitir a un tercero la totalidad o una cuota de la universalidad hereditaria.

Con base a lo anterior, si la cesión de cosa particular se hace por precio es bajo la figura de un contrato de compra venta, en cambio, si es a título gratuito se estará ante la figura de la donación. No obstante, la cesión de derecho se caracteriza por ser:

  • A título oneroso o gratuito.
  • Consensual, es decir, se perfecciona con la manifestación del consentimiento de las partes contratantes.
  • Formal, debe de celebrarse tal como lo indica la ley.
  • Traslativo de derechos.

El término cesión en el plano deportivo, se usa en dos contextos. En primer lugar, para indicar la transferencia de un jugador a otro club para que juegue una temporada o un tiempo determinado, sin perder el contrato con su equipo, por ejemplo: el colombiano Falcao fue cedido por un tiempo determinado al equipo Manchester United, sin perder su contrato con el Mónaco de Francia quien firmó en el año 2013.

Por otro lado, cesión es el pase de la pelota con el pie por parte de uno de los jugadores a su portero para que este la agarre con las manos.

Los sinónimos de cesión son: entrega, donación, ofrecimiento, transferencia, transmisión, entre otros.

En inglés, la palabra cesión puede ser “cession”, “transfer” o “assignment”.

Cesión de territorios

Por otro parte, la cesión de territorios es una de las formas derivadas de adquisición de territorio admitida en el Derecho Internacional Público. En esta, como en las otras formas de adquirir territorios, los institutos de Derecho Internacional Público, asimilan, mutatis mutandi, los principios de institutos correspondientes del Derecho Privado.

El titular del derecho (cedente) transfiere a otro (cesionario) sus derechos a una propiedad o a una obligación, aunque también se puede adquirir derechos y exonerar obligaciones por medio de la cesión. En este contexto, la cesión también puede ser a título oneroso, gratuito, y voluntario, pero por lo general, es impuesta por tratados de paz u otros.

Cesión ordinaria

La cesión ordinaria, se observa en el caso de transmitir un título cambiario no por medio del endoso. Este medio se usa cuando existe la cláusula “no a la orden”, ya que el pagaré no se podrá endosar, con lo cual en el caso de transmitirlo a un tercero, y este poder cobrarlo, se tendrá que hacer mediante la cesión ordinaria.

En este caso, se transmiten los derechos del cedente, en consecuencia, el cesionario se subrogara en los derechos y obligaciones del cedente, y por lo tanto, se le impondrá las mismas excepciones del mismo.

Cesión y sesión

Como sesión se conoce al período en que determinada actividad sucede, como por ejemplo: sesión de cine, sesión de fotos, entre otras. Asimismo, sesión se usa para indicar la celebración de una conferencia o consulta entre varios individuos para la toma de decisión de un determinado asunto.

Para más información, consulte el artículo cesión y sesión.