Tópicos Profesión Sociedad

¿Cúal es la diferencia entre indicio, prueba y evidencia?


La mayoría de las personas estamos acostumbradas a escuchar términos como evidencia, prueba e indicio. Sea porque los hemos leído, visto por televisión, trabajamos en el ámbito legal o pericial o simplemente por cultura general dichos conceptos entran dentro de nuestro vocabulario normal, generalmente usándose como sinónimos.

Sin embargo, aunque parecidas, estas tres palabras hacen referencia a cosas diferentes. Son elementos tenidos muy en cuenta, por ejemplo, en la psicología forense y, por extensión, en el mundo judicial y legal. Ahora bien... ¿cuáles son las diferencias entre indicio, prueba y evidencia y de qué modo se trabaja con ellas?

Su ámbito de uso

Tal y como hemos visto, las palabras indicio, prueba y evidencia pueden ser utilizadas en nuestro vocabulario habitual, pero están principalmente vinculadas con el ámbito judicial. En este aspecto, se emplean dichos términos con el fin de hacer referencia a todos aquellos elementos que sirven para establecer relaciones entre elementos concretos de un caso e hipotetizar, reconstruir y demostrar dichas relaciones.

Los citados elementos surgen de la investigación de los diferentes profesionales que investigan el caso, siendo por lo general recogidos a partir de una escena concreta o extrapolados a partir de la investigación de los supuestos implicados.

Pero incluso en el ámbito judicial los términos evidencia, indicio y prueba pueden llegar a ser mal empleados, habiendo confusiones frecuentes debido a la poca delimitación entre los diferentes conceptos (ya que los límites pueden ser difusos dependiendo de la definición que se le da a cada una) y al hecho de que en muchas ocasiones tal delimitación tiene poca importancia al poder volverse pruebas tanto las evidencias como los indicios en su uso judicial.

Diferencias entre indicio, prueba y evidencia

Con el fin de dejar claras las diferencias entre cada uno de los términos, a continuación puedes ver la definición de indicio, evidencia y prueba y el modo en el que se diferencian entre ellos.

Indicio: lo que nos hace pensar en algo

Se considera indicio todo aquel elemento perceptible, sea o no material, que resulta o se ve implicado de la escena de un crimen y que permite imaginar la existencia de una circunstancia determinada vinculada al suceso o crimen investigado. 

Por ejemplo, la existencia de un vaso rato en la escena de un crimen, la desaparición de un objeto que debería estar presente o la recolocación de mobiliario en la escena pueden ser indicios. Se trata de elementos que permiten apuntar en una determinada dirección, pero el cómo y hacia adonde apunten reviste cierta subjetividad por parte de los investigadores.

De hecho, la investigación policial suele empezar por la recogida de indicios, que tras su posterior análisis pueden servir para encontrar evidencias.

Evidencia: cuando algo demuestra la existencia de una relación

La evidencia se entiende como todo aquel elemento que permite establecer, de manera clara, la relación entre dos elementos encontrados en la escena del crimen. Puede entenderse como aquel indicio recogido que refleja claramente una relación con otro elemento. Por ejemplo, una evidencia podrían ser huellas dactilares en un objeto robado o restos de sangre u otros fluidos corporales sobre una persona u objeto.

Si bien pueden no tener un sentido lógico o este pueda no corresponderse con lo que parece indicar a nivel conductual (por ejemplo, tener sangre de una víctima en la ropa no implica necesariamente que la persona vestida con ella sea el o la agresora), resulta inequívoco el hecho de que existe una vinculación (si la sangre en la ropa es de una persona, dicha prenda a estado en contacto con la escena del crimen o con la víctima). 

Las evidencias suelen obtenerse a través de la realización de análisis de la zona del crimen y de los numerosos indicios encontrados, obteniéndose a través de ellos resultados objetivos.

Prueba: el elemento con el que se busca encontrar la verdad

Denominamos prueba a todo aquel elemento o argumento que se emplea con el fin de demostrar la veracidad o falsedad de un hecho. Así pues, las pruebas son aquel instrumento empleado para demostrar judicialmente un hecho y que permiten alcanzar el nivel de convicción necesaria para aceptar o rechazar una idea o hipótesis concreta.

Podemos encontrar pruebas de dos tipos: Indiciarias o suficientes. Entendemos por pruebas suficientes aquellas que permiten garantizar la implicación del acusado y que pueden bastar para realizar un veredicto, siendo extraídas de evidencias. 

En lo que respecta a la pruebas indiciarias, como se puede adivinar por su nombre son aquellas que provienen de indicios que por sí mismos no resultan determinantes. Así, si bien permiten pensar e indicar la culpabilidad o inocencia del acusado su presencia no basta para demostrar el tipo de implicación del acusado.

Profundizando en las diferencias

Si bien hemos qué significa cada uno de estos tres términos es posible que no quede del todo clara la diferenciación entre ellos, de modo que es necesaria una explicación más concreta de las diferencias entre cada uno.

Como hemos indicado, la prueba puede definirse como el elemento con el que se pretende demostrar la verdad o falsedad de algo. De este modo, hablaremos de una prueba siempre que estemos usando una determinada evidencia o indicio con el propósito de demostrar algo. Así, tanto indicios como evidencias pueden ser pruebas cuando se emplean judicialmente.

Evidencia e indicio, sin embargo, son los elementos que se excluyen entre sí, diferenciándose en que mientras el segundo es generalmente un producto o elemento vinculado a la escena del crimen que puede apuntar en una determinada dirección la evidencia puede demostrar per se la existencia de una realidad determinada. Además, mientras que el indicio es más subjetivo y depende en mayor medida del investigador, la evidencia se obtiene a través del análisis de los elementos indicativos, resultando ser objetivas.

Referencias bibliográficas:

  • Couture, E.J. (1993). Vocabulario Jurídico. Ediciones Depalma.
  • Real Academia Española. (2005). Diccionario Panhispánico de Dudas. Asociación de Academias de la Lengua Española.
  • Taruffo, M. (2003). Algunas consideraciones sobre la relación entre prueba y verdad. Discusiones: Prueba y conocimiento, 3. Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes: Alicante.