Derecho

Sujetos del derecho: definición, tipos y otros conceptos


¿Qué son los sujetos del derecho?

Los sujetos del derecho son aquellos que disponen de capacidad para tener derechos y obligaciones. Según la doctrina legal, es equivalente al concepto de persona. Como persona se entiende el ser humano o el ente al que el ordenamiento jurídico reconoce la capacidad para ser titular de derechos y obligaciones.

Como sujeto de derecho, el ser humano tiene derechos subjetivos, deberes y obligaciones. En este punto es importante resaltar que el ser humano no es el único que puede considerarse sujeto de derecho. El origen de la definición de persona, ligada muy de cerca al sujeto de derecho, viene del latín del verbo persono, que significa resonar.  

El concepto “persona” se refería a una máscara que utilizaban los artistas en su caracterización y que variaba el sonido de su voz. En derecho no se equipara persona y ser humano; en consecuencia, el sujeto de derecho y el ser humano tampoco son indentificables.

Existen requisitos legales para ser considerado persona por el derecho. Solo cuando un ente adquiere capacidad jurídica o personalidad jurídica, puede tener derechos y obligaciones.

Capacidad jurídica

Las personas y los sujetos de derecho tienen capacidad jurídica, que consiste en la aptitud para acceder a derechos y adquirir obligaciones o deberes por sí mismo. Esta capacidad jurídica tiene dos aspectos:

Capacidad de goce

Se refiere a la capacidad para adquirir derechos.

Capacidad de obrar o de ejercicio

Se refiere a la facultad para ejercer personalmente esos derechos.

Tipos de sujetos del derecho

Según la cantidad de personas

  • Sujetos de derechos individuales

Son seres humanos individuales con capacidad para adquirir derechos y obligaciones. Se les denomina también personas naturales o físicas.

Es fundamental establecer que todas las personas naturales (personas físicas) son seres humanos. Es decir, los humanos desde que nacen son sujetos de derecho; es su prerrogativa.

  • Sujetos de derechos colectivos

Son los que se definen como personas jurídicas. Están conformados por un grupo de personas.

Las personas jurídicas se llaman también personas morales. Son entidades compuestas por personas físicas y son considerados sujetos de derecho.

Tanto las personas físicas como las jurídicas disponen de derechos protegidos por la ley. Lógicamente tienen también obligaciones que no pueden obviar, porque si no pueden ser sancionadas según las leyes aplicables.

Según la titularidad de los derechos

  • Sujetos activos

Son los titulares de derechos exigibles ante terceros. Es decir, pueden reclamar a otro un comportamiento o conducta determinada. Un ejemplo de sujeto activo es el acreedor.

  • Sujetos pasivos

Son los titulares de las obligaciones. Es decir, aquellos que tienen el deber de tener un comportamiento, bien sea voluntario o forzadamente. Ejemplo de sujeto pasivo es el deudor.

Todos los sujetos, pasivos o activos, colectivos o naturales, hacen efectivos sus derechos y sus obligaciones directamente o mediante un representante.

Entidades que pueden ser objeto de derecho

Un objeto de derecho es una determinada acción que debe cumplir el sujeto obligado por la norma jurídica frente al titular de un derecho. En consecuencia, el sujeto de derecho tiene la potestad de reclamar esta conducta.

Pueden ser objeto de derecho las acciones humanas individuales o prestaciones, como también manifestaciones específicas. Cualquier entidad material o inmaterial sobre la que se ejerce el derecho es objeto de derecho.

En general, se considera que son entidades objeto de derecho:

  • Bienes materiales e inmateriales. Material, como puede ser un edificio; o inmaterial, como un usufructo.
  • Actos humanos. Una acción o no-acción por parte de una persona.
  • Uno mismo. Este punto es conflictivo; para algunos, uno mismo puede ser objeto de derecho, y se pone como ejemplo la donación de órganos. Según otros, la ley no permite que dispongamos de nuestros cuerpos como si fueran cosas, así que uno mismo no sería objeto de derecho.

¿Qué se consideran bienes?

Todos los bienes son cosas, pero no todas las cosas son bienes. Los bienes son cosas útiles al hombre y susceptibles ser propiedad de alguien.

Por tanto, para que se puedan considerar bienes, las cosas tienen que gozar de una doble característica:

  • Ser útiles al hombre; es decir, tienen la capacidad de satisfacer una necesidad o interés.
  • Tienen que ser susceptibles de ser propiedad de alguien, por eso no comprende las cosas comunes a todos los hombres.

Los bienes son importantes como objeto de derecho y el derecho no trata igualmente a todos los bienes, dado que hay diferencias entre estos. Según las características propias de los bienes, estos se han agrupado en distintas categorías:

  • Bienes muebles

Son aquellos bienes que pueden ser transportados.

  • Bienes inmuebles

Se denominan inmuebles aquellos que no pueden movilizarse de un lugar a otro. 

Diferencia entre sujeto y objeto de derecho.

Tanto el sujeto y el objeto de derecho son componentes de la relación jurídica, pero no son asimilables porque tienen distinta entidad y distintas funciones.

El sujeto de derecho es el que tiene los derechos o las obligaciones objeto de la relación jurídica. A diferencia del objeto de derecho, el sujeto puede ser una entidad o una persona física.

Por el contrario, el objeto de derecho es lo que no es sujeto de derecho; por lo tanto, puede ser objeto de propiedad y puede ser material (coche, casa, ropa) o inmaterial (la propiedad intelectual). Es sobre el objeto de derecho que recae la relación jurídica de pleno.

Referencias

  1. De conceptos. Concepto de sujeto de derechos. Deconceptos.com
  2. Definición.de. Definición de sujeto de derecho.  Definición.de
  3. Jorge Fernandez Ruiz. Sujeto de derecho en México. Mexico.leyderecho.org
  4. Remedios Moran Martín. El sujeto del derecho. Vlex España.