Derecho

Prueba confesional: concepto, características, tipos, ejemplos


¿Qué es una prueba confesional?

Una prueba confesional es la declaración que hace una persona sobre acontecimientos pasados no favorables a su persona y que tienen que ver con su actuación personal. Lógicamente, la prueba confesional debe tratar de los hechos y no del derecho.

El magistrado no debe hacer comprobación alguna sobre la veracidad de la confesión, excepto en cuanto a la calificación jurídica que le otorga el sujeto que realiza la prueba. Si esto no fuera así se produciría una contradicción, ya que el magistrado tendría que aceptar hasta consecuencias jurídicas prohibidas en el sistema normativo pertinente en la materia.

Solo puede referirse a acontecimientos pasados. Es decir, una declaración de lo que está aconteciendo en este momento puede contemplarse como una pericia, pero en ningún caso como una prueba confesional.

Su facultad probatoria tiene que fundarse en hechos personales, incluso si en su declaración no habla del hecho y lo hace de su conocimiento del mismo. Los acontecimientos objeto de la prueba confesional tienen que ser desfavorables al declarante.

Objeto

Son dos vertientes las que podemos contemplar con respecto al objeto de la prueba confesional:

  • Como se explicaba antes, debe comprender acontecimientos del pasado, perjudicial para el que realiza la confesión y beneficiosos para la otra parte. Deben ser actos creíbles, actos que no estén exentos según la ley como forma de confesión ni actos controvertidos, ya que si no hay un desacuerdo entre las partes sobre el asunto la prueba no tiene sentido.
  • No se plantea el derecho como objeto de la prueba confesional, excepto si se intenta probar la existencia de una ley extranjera que está unida a un hecho. El derecho también puede ser objeto de confesión si se trata de dar fuerza a la interpretación del derecho proporcionada por los sujetos a contratar.

Características de la prueba confesional

– Únicamente los sujetos parte pueden realizar la prueba confesional. Sin embargo, su capacidad de ser parte tiene que ir conjunta con la capacidad procesal; es decir, la facultad legal de hacer valer sus derechos. Son aplicables las regulaciones del derecho civil sobre capacidad e incapacidad.

– Los menores de edad no tienen capacidad para realizar una prueba confesional. Tienen que hacerlo sus padres o tutores.

– Los que tienen sus capacidades mermadas (físicas para comunicarse o mentales) lo pueden hacer a través de curadores.

– Los menores que estén en situación de emancipados (independientemente de cómo se produzca la emancipación) pueden realizar la prueba confesional con respecto a todos los actos de administración. En lo que se refiere a los actos de disposición, tienen la capacidad si se trata de bienes adquiridos a título gratuito y tienen la correspondiente autorización.

Clasificación: tipos de pruebas confesionales

En general, se divide la prueba confesional en los siguientes tipos:

Judicial

Se realiza en juicio y con las formas requeridas ante un juez.

Extrajudicial

Se realiza fuera del entorno judicial.

Provocada

Cuando existe un requerimiento judicial que la origina.

Espontánea

Cuando no existe requerimiento alguno.

Expresa

Se trata de una confesión que conlleva un reconocimiento total y absoluto de los actos respectivos. Este tipo de prueba confesional tiene valor vinculante ante el juez, siendo irrevocable.

Tácita

Cuando se deduce de actitudes del litigante al que se pide la prueba: incomparecencia, sin alegar justa causa a la audiencia fijada, la negativa a contestar categóricamente o respuestas evasivas. No es irrevocable.

Simple

Cuando se acepta sin objeciones el hecho afirmado por la parte contraria.

Calificada

Cuando, aceptándose el hecho, se añade otro un hecho dependiente que cambia o restringe sus alcances.

Compleja

Cuando, reconociéndose el hecho y agregando asimismo otro hecho que modifica o limita sus alcances, ambos hechos resultan separables o independientes.

Ejemplos de pruebas confesionales

– Una persona mata a otra en un momento de ira. Al darse cuenta de lo que ha hecho, se dirige a la comisaría de policía más cercana para prestar declaración sobre lo acontecido. Es una prueba confesional de un delito de homicidio.

– Hacienda inicia una inspección a un empresario dueño de varios negocios de construcción y empieza a solicitar documentos y justificaciones de los movimientos económicos realizados en los últimos 4 años. El empresario cede ante la presión y, siguiendo el consejo de su abogado, realiza una prueba confesional de los delitos de fraude cometidos.

– Un responsable del personal de una empresa está siendo investigada por el Ministerio de Trabajo porque se han denunciado irregularidades en los pagos a trabajadores. El responsable confiesa que las horas extraordinarias que hacían los trabajadores no se reflejaban en las nóminas y que se pagaban en dinero negro sin documentación.

Diferencia entre prueba confesional y prueba testimonial

La prueba testimonial es un acto diferente de la prueba confesional. La palabra “testimonio” procede del latín testis, que significa “el que asiste”; es decir, el que ayuda.

En el caso de la prueba testimonial, es el sujeto el que explica lo que sabe o cuenta lo que ha presenciado como testigo, o bien lo que ha  escuchado de terceros, sin ser parte en el juicio.

Tienen mayor credibilidad los testigos presenciales que los que han escuchado algo de otros. El testigo debe limitarse a relatar lo hechos sin realizar valoraciones ni tampoco apreciaciones de tipo personal.

La prueba testimonial se diferencia de la prueba confesional en que esta última se trata de confesar algo que ha acontecido directamente al sujeto y que le perjudica frente a terceros.

En el caso de la prueba testimonial, presta un testimonio de algo que ha visto u oído, pero no le ha sucedido. Tiene un papel externo.