Aguas internacionales: leyes y estado en el mundo
Las aguas internacionales o alta mar, en derecho internacional, son la parte del océano que no pertenece a ningún Estado ribereño. Vale decir que es la porción de océanos que conectan los continentes, luego de los límites territoriales que ejercen los países con costa por ley y con derecho.
Los límites a partir de los cuales el océano pasa a ser considerado alta mar están bien establecidos en las leyes a tal fin promulgadas. Convenciones internacionales establecen que, luego del mar interior de cualquier Estado, se toman una franja de 12 millas náuticas para el mar territorial y otra de 12 millas más para la zona contigua al mar territorial.
La zona de explotación económica exclusiva del estado ribereño se extiende hasta 200 millas luego del borde externo del mar interior. Las aguas internacionales inician una vez terminada la proyección vertical (en la superficie) de la plataforma continental del país costero.
Si bien es cierto que sobre las aguas internacionales existen regulaciones para su uso consciente y pacífico, son abiertas a todas las naciones sobre la Tierra, tengan o no costas.
Esto quiere decir que en estas inmensas extensiones de agua se puede dar con total libertad actividades de pesca, de investigación científica, de tendido de redes y cables submarinos, así como la navegación y el sobrevuelo.
Índice del artículo
- 1 Leyes
- 2 México
- 3 España
- 4 Colombia
- 5 Perú
- 6 Argentina
- 7 Medidas actuales para proteger las aguas internacionales
- 8 Referencias
Leyes
La Segunda Guerra Mundial dejó en evidencia que los acuerdos internacionales no se estaban cumpliendo en forma alguna. Naciones en conflicto bloqueaban la libre navegación incluso de naves que se mantenían neutrales ante la querella global.
La Organización de las Naciones Unidas quiso buscar el orden sobre las aguas internacionales y convocó la I Conferencia de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar.
En este primer encuentro se firmaron varios acuerdos elaborados por la Comisión de Derecho Internacional; sin embargo, dichos acuerdos no arrojaron el éxito histórico esperado debido a la pequeña cantidad de países que las pusieron en práctica.
El tiempo y la tecnología avanzó, y la ambición de algunas naciones sobre los recursos naturales que paulatinamente se estaban descubriendo cerca de sus costas trajo como consecuencia la extensión unilateral de los límites de las zonas de explotación económica exclusiva.
Entonces, estas naciones procedieron a confiscar y retener buques y carga de otras naciones sin los permisos necesarios para estas aguas.
En 1960 las Naciones Unidas hicieron un llamado a una segunda conferencia para los mismos fines que la anterior, pero al finalizar los periodos de sesiones no se contó con ningún acuerdo que fuese posible implementar.
El desorden, los abusos y los crecientes conflictos entre naciones vecinas llevó a la ONU a llamar en 1972 a la III conferencia vinculada al derecho marítimo. Tras 11 periodos de sesiones, nació el tratado titulado Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar.
Este documento, considerado como la Constitución del mar, se aprobó en diciembre de 1982 tras una década de intensos análisis y discusiones, entrando en vigor solo hasta el año 1994. Actualmente se mantiene vigente.
México
En este país la Ley Federal del Mar es la carta que regula todo lo relacionado a sus costas, extensión y relación con países vecinos.
En dicha ley, México define 5 elementos marítimos sobre los cuales tiene derecho: las aguas marinas interiores, el mar territorial, la zona económica inclusiva, la zona contigua y las plataformas continental e insular. La aplicación de esta ley es responsabilidad del Poder Ejecutivo Federal.
España
En España la regulación de los asuntos marítimos depende de la Ley de Costas, presentada en una primera oportunidad en 1988. En 2013 se hicieron varias modificaciones con la intención de aumentar la seguridad jurídica del instrumento legal.
Esta ley toma en cuenta tres elementos fundamentales; el primero es el dominio público marítimo-terrestre, que incluye el mar territorial, las playas, la plataforma continental y los recursos naturales del área económica.
En segundo lugar destaca la servidumbre de protección, un área que mide 100 metros, abarca desde el límite de la ribera marina hasta tierra firme, y en donde puede haber propiedad privada aunque está limitada. En tercer lugar está la zona de influencia, que ocupa 500 metros desde la ribera del mar.
Colombia
Colombia cuenta con la Ley del Mar para regular sus asuntos marítimos internos y externos. En esta se establecen los puntos de consideración para las mediciones de cada uno de los espacios marítimos, incluyendo también las bahías, los golfos y los ríos.
La ley establece que Colombia tiene la jurisdicción exclusiva para la administración, explotación y exploración de estos espacios, incluyendo el espacio aéreo y el subsuelo de la zona delimitada.
Perú
En Perú se ha desarrollado el Instituto de del Mar del Perú (IMARPE), organismo adscrito al Ministerio de la Producción que se encarga de llevar a cabo diferentes investigaciones relacionadas con el mar peruano y sus recursos.
Esta institución no toma decisiones legales, pero realiza asesorías al Estado de forma permanente con el fin de que se tomen las decisiones más convenientes.
En 2005 el Congreso peruano promulgó la Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo del Perú, a través de la cual se buscó definir de manera concreta los límites marítimos entre esta nación y Chile, país vecino.
Argentina
En Congreso de Argentina sancionó la Ley sobre espacios marítimos el 10 de septiembre de 1991. En dicha ley se consideran los golfos San Jorge, Nuevo y San Matías, y el límite externo de Río de la Plata. Argentina cuenta con un área antártica que no fue considerada en esta legislación en particular.
Esta nación cuenta con el Servicio de Hidrografía Naval, una institución a través de la cual se han establecido los límites correspondientes al territorio marítimo y que rinde cuentas al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Medidas actuales para proteger las aguas internacionales
En 2018 la ONU convocó la primera de una serie de reuniones que tienen como objetivo proteger de forma integral los océanos.
En este caso el foco está puesto en la protección de la biodiversidad del mar en aguas internacionales. A través de esta iniciativa se pretende resguardar dos tercios del océano que alberga nuestro planeta.
Una de las acciones que se proponen es crear una vía a través de la cual puedan desarrollarse áreas marinas resguardadas, así como varias reservas. Los especialistas indican que este es el primer y más importante paso para comenzar a proteger la biodiversidad.
Vale decir que solo el 1 % de todo el océano está protegido, y esta iniciativa que lleva a cabo la ONU puede ser determinante para promover el buen uso y la conservación del recurso más abundante del planeta Tierra.
Referencias
- “Aguas Internacionales” en EcuRed. Recuperado en 3 de abril de 2019 de EcuRed: ecured.com
- “Alta Mar” en Wikipedia. Recuperado en 3 de abril de 2019 de Wikipedia: es.wikipedia.org
- “Aguas Internacionales” en LAWi, Enciclopedia del Derecho. Recuperado en 3 de abril de 2019 de LAWi, Enciclopedia del Derecho: leyderecho.org
- “Aguas Internacionales” en Náutica Formación. Recuperado en 3 de abril de 2019 de Náutica Formación: nauticaformacion.es
- “Derecho Marítimo y delitos en Alta Mar” en Ley Marítima. Recuperado en 3 de abril de 2019 de Ley Marítima: leymaritima.com
- “High Seas” en Encyclopaedia Britannica. Recuperado en 3 de abril de 2019 de Encyclopaedia Britannica: britannica.com
- “Convención de la Naciones Unidas sobre los derechos del Mar” en Naciones Unidas. Recuperado en 3 de abril de 2019 de Naciones Unidas: un.org
- “Ley de Líneas de Base del Dominio Marítimo del Perú” en Cooperativa. Recuperado en 3 de abril de 2019 de Cooperativa: cooperativa.cl
- “Ley Federal del Mar” en Cámara de Diputados. Recuperado en 3 de abril de 2019 de Cámara de Diputados: diputados.gob.mx
- “Acerca de IMARPE” en Instituto del Mar del Perú. Recuperado en 3 de abril de 2019 de Instituto del Mar del Perú: imarpe.gob.pe
- “Ley No. 10 de 1978” en Ministerio del Ambiente. Recuperado en 3 de abril de 2019 de Ministerio del Ambiente: minambiente.gov.co
- “Preguntas frecuentes sobre la Ley de Costas y su aplicación” en Ministerio para la Transición Ecológica. Recuperado en 3 de abril de 2019 de Ministerio para la Transición Ecológica: miteco.gob.es
- Barroso, C. “Protección histórica: una ley para alta mar” en ABC. Recuperado en 3 de abril de 2019 de ABC: abc.es
- “Ley sobre espacios marítimos” en Armada Argentina. Recuperado en 3 de abril de 2019 de Armanda Argentina: ara.mil.ar