Derecho

Efectos de las obligaciones (derecho civil)


¿Qué son los efectos de las obligaciones?

Los efectos de las obligaciones se definen como las consecuencias jurídicas que tienen su origen en la existencia y eficacia de la obligación. Cualquier acto jurídico genera obligaciones, bien sea unilateral o bilateralmente, frente a las dos partes de la relación jurídica.

Los efectos que generan las obligaciones dependen del tipo de obligación: puede tratarse de obligación de dar, de hacer o no hacer. Comprenden los mecanismos de los que dispone la legalidad para conseguir el cumplimiento correcto y a tiempo de la obligación cuando este no se produzca oportunamente o en su totalidad por cauces regulares.

Existen tres facultades: el derecho a reclamar un cumplimiento forzado de la obligación, el derecho en segunda instancia para reclamar compensación económica por daños sufridos por el cumplimiento forzado, y el derecho a que los bienes del deudor queden sujetos al cumplimiento de la obligación.

Los mecanismos dentro de la legalidad para conseguir el cumplimiento de la obligación implican el derecho a solicitar medidas conservativas, la acción oblicua o subrogatoria, la acción pauliana o revocatoria, y el beneficio de separación de patrimonios.

Distinción entre efectos de obligaciones y efectos de contratos

Legalmente no se pueden asimilar los efectos de un contrato con los efectos de una obligación. Son efectos de un contrato las obligaciones que emanan del contrato mismo; el causante de la obligación es el contrato en sí.

Por el contrario, los efectos de las obligaciones se refieren precisamente a los efectos de estas sobre el deudor que tiene la obligación de cumplirla. Con esta finalidad, la legislación dota al acreedor de derechos que le garantizan su cumplimiento.

El acreedor y el deudor tienen una relación jurídica obligatoria que los une y, como consecuencia de esta, se producen los efectos de las obligaciones.

Normalmente en el ámbito del derecho el deudor realiza de forma voluntaria su obligación sin necesidad de ser requerido. Cuando esto no ocurre es cuando se producen los mencionados efectos de las obligaciones.

Además, los efectos de los contratos no terminan en las obligaciones, sino que tienen otros efectos que no tienen nada que ver. Por ejemplo, contratos como una transación o novación no producen efectos similares a las obligaciones.

Efectos de las obligaciones sobre el acreedor

El derecho establece herramientas y procesos para poder salvaguardar al acreedor. Existen cuatro formas de proteger los derechos del acreedor sobre la deuda: la tutela satisfactiva, la tutela conservatoria, la tutela resolutoria y la tutela resarcitoria.

Tutela satisfactiva

El acreedor tiene el derecho a que se cumpla su obligación de manera satisfactoria. Puede conseguirse por cumplimiento voluntario o también puede ser satisfecha la obligación, mediante el pago o cumplimiento por parte de un tercero. Si no sucede ninguna de estas dos opciones, existen todavía varias vías de acción:

  • Invocar la ejecución forzada para conseguir el cumplimento de la obligación. Esto se lleva a cabo mediante la demanda ante organismos jurídicos y a través una resolución judicial contraria al deudor.
  • Invocar el resarcimiento económico frente a la no ejecución de la obligación. Esto es lo que se conoce como un efecto anormal de la obligación. Es importante resaltar que no hay una obligación adicional, sino que es la misma aunque ha cambiado de objeto: hay compensación económica en lugar de la prestación.
  • Resolución del contrato. Demanda la resolución de contrato que proviene de la obligación; se denomina tutela resolutoria. Se trata de volver las cosas a la situación previa al contrato, lo que a veces implica compensación por perjuicios e incluso el lucro cesante.

Tutela conservatoria

Comprende varios aspectos: por una parte, garantizar el derecho de crédito; por otra parte, proteger el patrimonio del deudor. De esta forma abarca todas las gestiones que garanticen al acreedor la protección preventiva, como por ejemplo un reconocimiento de deuda.

Otro mecanismo para proteger el patrimonio del deudor es un poder mediante el cual los acreedores tienen la facultad para gestionar y revisar el patrimonio del deudor de cara a procesos que puedan ir en detrimento de su interés. Se refiere principalmente a situaciones de fraude o simulación.

En esta misma línea se encuentran las acciones de separación de patrimonios, en el caso de que el acreedor piense que puede quedarse sin la garantía patrimonial que avala su crédito.

Tutela resolutoria

Cuando los contratos producen obligaciones en ambas partes parece que se asume el derecho de resolver el contrato por parte de quien no lo ha incumplido frente al que ha incumplido el mismo.

De esta forma, la tutela resolutoria faculta a la parte que ha cumplido a separarse de alguna manera de ese contrato incumplido y seguir adelante.

Tutela resarcitoria

Son efectos de protección en cuanto a la prevención, indemnización por perjuicios y reparación originados en el incumplimiento de la obligación.

Se encuentran dentro de esta esfera no solo los daños provenientes por la lesión al interés de la prestación, sino también otros daños que perjudican a intereses diferentes del de la prestación.

Efectos de las obligaciones con relación al deudor

El deudor tiene un papel no demasiado activo en la relación obligacional. Eso sí, tiene determinados derechos:

  • Derechos anteriores al cumplimiento. El deudor tiene la facultad de conseguir la colaboración y recepción. Si el acreedor no colabora se puede considerar mora del acreedor.
  • Derechos en el momento de cumplir la obligación. El deudor tiene la opción de realizar el abono vía judicial o por consignación.
  • Derecho efectuado el cumplimiento. Cuando el deudor realiza la prestación objeto de la obligación tiene el derecho a reclamar el recibo o un documento liberador.
  • Derechos posteriores al cumplimiento. El deudor queda liberado de la deuda al cumplir y el acreedor no tiene acciones contra él.
  • Derecho a rechazar las acciones del acreedor cuando la obligación ha terminado o ha cambiado legalmente.

Referencias

  1. Jorge Llambias. Efectos de las obligaciones (Derecho Civil). Laultimaratio.com
  2. Definición Legal. Efectos de las obligaciones. Definicionlegal.blogspot.com
  3. Angela M. Zambrano. (2011). Efectos de las obligaciones. Gerencia.com
  4. Juan Andrés Orrego (2018). Efectos de las obligaciones. Juanandresorrega.com
  5. Hilda (2010). Efectos de las obligaciones. derecholaguia2000.com