Cultura general

Aborto en México: historia, situación y leyes por Estado (leyes), estadísticas


El aborto en México es considerado un problema social y de salud pública de gran importancia. Solo es considerado legal en todo el país cuando el embarazo es el resultado de una violación. Cada uno de los 32 estados es responsable de establecer, de acuerdo a sus propios códigos penales, las formas para llevar a cabo un aborto inducido sin sanciones.

El aborto, según la Enciclopedia Jurídica Mexicana, se refiere a la interrupción del embarazo antes de que el feto pueda vivir y actualmente son más de 60 países los que han despenalizado su práctica. Rusia fue el primer país del mundo en publicar un decreto sobre el tema y Cuba fue el primero en no poner restricciones en América Latina.

Ciudad de México es el único lugar en México donde se ofrece acceso legal y seguridad para interrumpir de forma voluntaria un embarazo. Para ello debe ser solicitado por la mujer durante las primeras doce semanas de gestación.

Índice del artículo

Historia del aborto

La terminación artificial del embarazo ha ido variando con el paso de los años en la legislación mexicana. En 1871 se estableció en el código penal federal y solo era penado si se consumaba. Actualmente el código de 1931 es el que rige en México, y desde ese momento se estableció como no punible el aborto de un embarazo resultante de una violación.

Las primeras propuestas para despenalizar por completo el aborto en México fueron en los años 30, de la mano de grupos feministas. Solo en 1972 volvió a ganar relevancia el tema, al difundirse una iniciativa para el cambio de legislación que giraba en torno a una mejor educación sexual para toda la población, acceso a anticonceptivos y a la práctica del aborto como último recurso.

La iglesia tuvo un papel relevante contra las leyes referentes al aborto. En los años 80 se opusieron al llamado Proyecto de Ley de Maternidad Voluntaria.

La iglesia también logró desactivar el intento del presidente Miguel de la Madrid y Sergio García, procurador de Justicia, de reformar la ley de aborto en la Ciudad de México y en 1990 los representantes religiosos convocaron manifestaciones en protesta a las modificaciones propuestas por el Congreso de Chiapas.

Primeros pasos para la despenalización

En 1992 nació El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) con el propósito de convertir el aborto en un asunto de interés a nivel público, de salud y de justicia.

En el 2000 ocurrió uno de los hechos más importantes para profundizar el debate sobre la despenalización del aborto. Se conoció el caso Paulina, una joven de 13 años que fue violada en Baja California y quien, al confirmarse que estaba embarazada, solicitó el aborto legal. Paulina, junto a su familia, sufrieron todo tipo de impedimentos y vejaciones hasta desistir de llevar a cabo la terminación del embarazo.

Finalmente, en 2007 se logró la sentencia más relevante para el aborto voluntario en México. Se aprobó la despenalización, hasta la semana 12 de embarazo, en La Asamblea Legislativa del Distrito Federal. Se reformó el Código Penal de la Ciudad de México y la Ley de Salud local, incluyendo el derecho de interrumpir legalmente un embarazo (ILE).

Desde 2006 más de 20 iniciativas en relación al aborto legal fueron descartadas en el Congreso de la Unión. Desde principios de 2019 se está discutiendo un proyecto para la reforma del Código Penal Federal y de la Ley General de Salud, en donde se establezca el aborto como un derecho básico.

Situación por Estado (Leyes)

En México cada estado tiene una legislación referente al aborto, pero en los 32 se permite el aborto cuando el embarazo es producto de una violación. Solo en Ciudad de México es legal para cualquier mujer (residente o no) interrumpir el embarazo hasta las 12 semanas de gestación. No es necesario especificar causas y cuentan con 13 clínicas especialistas, optando por la interrupción de manera gratuita, sin importar la edad.

Tras la despenalización del aborto en Ciudad de México en 2007, 17 de los 32 estados reformaron sus constituciones para incluir garantías al derecho a la vida. Distrito Federal también permite el aborto en caso de violación, si la mujer se encuentra en peligro y cuando el feto tiene malformaciones genéticas o congénitas.

¿Cuándo no es delito abortar?

Las leyes de Aguascalientes, Baja California, Campeche, Chihuahua, Durango, Jalisco, Nayarit, Sinaloa, Sonora, Tamaulipas, San Luís Potosí, Puebla, Oaxaca y Zacatecas establecen que es delito abortar menos en tres supuestos.

Que el aborto fuera por una conducta imprudente o accidental de la mujer, que el embarazo fuera resultado de una violación o inseminación sin consentimiento y cuando la mujer corre peligro de muerte o a su salud.

En algunos casos dos médicos deben certificar que se cumple el supuesto de peligro de muerte, la violaciones deben ser denunciadas y el aborto realizado hasta las 12 semanas de gestación.

Está permitido el aborto cuando es imprudencial y al existir una violación en Guanajuato y Querétaro. En Chiapas es legal la interrupción del embarazo si es producto de una violación, existe peligro de muerte de la mujer o alteraciones genéticas/congénitas del feto que pongan en riesgo su supervivencia.

La ley de Tlaxcala, Coahuila, Veracruz, Baja California Sur, Morelos, Guerrero, Hidalgo, Quintana Roo, Estado de México, y Colima sumó el aborto imprudencial o culposo.

Michoacán y Yucatán establecen en sus códigos penales la legalidad del aborto por razones económicas, cuando la mujer ya tiene tres hijos o más. Tampoco es delito si es un aborto imprudencial, por violación, hay posibilidades de muerte o el feto presenta malformaciones graves.

Mientras que en Tabasco y Nuevo León se considera delito abortar, salvo cuando ocurre el embarazo por una violación y cuando hay peligro de muerte o daños a su salud.

Estadísticas

Las leyes que existen en México, en su mayoría prohibitivas, hacen que gran parte de los abortos practicados sean clandestinos y que existan pocos datos oficiales sobre la interrupción del embarazo.

De 2007 a 2018, de acuerdo a la Secretaría de Salud en la Ciudad de México, se han realizado 199.230 abortos. Se estima que a nivel nacional la cifra de abortos clandestinos alcanzó el millón.

En casi la mitad de los casos del Distrito Federal las edades de las mujeres oscilan en los 18 y 24 años. En un 28% el aborto fue realizado durante las primeras cuatro semanas del embarazo.

Mientras que la Secretaría de Salud también indicó que la mayoría de los abortos se realizan a mujeres solteras, seguido de un 30% que declara estar en unión libre.

Según datos de GIRE, en 2018 cumplían condena en prisión 138 personas por aborto, producto de más de cuatro mil denuncias en 10 años. Solo en 2018 existieron 570 investigaciones por el delito de aborto. Ciudad de México sumó 109 denuncias, seguido del Estado de México, con 79.

Referencias

  1. Bailey, J. (2012). Abortion (p. 15). New York: Rosen Central.
  2. Embarazo no planeado y aborto inducido en México. (2013). Recuperado de guttmacher.org
  3. Estadística de Defunciones Fetales. Recuperado de datos.gob.mx
  4. Gutiérrez, G., Fernández, S., & Viguri, R. (2019).Recuperado de espolea.org
  5. La despenalización del aborto en México. (2009). Nueva Sociedad, (220), 154 a 172.Recuperado de nuso.org
  6. Línea del Tiempo: Aborto y la SCJN. Recuperado de gire.org
  7. Maternidad o castigo La criminalización del aborto en México. (2018). Recuperado de criminalizacionporaborto.gire.org.mx
  8. Wind, R. (2018). New Study Examines Characteristics of Women Seeking Abortion in Mexico City. Recuperado de guttmacher.org