Derecho

Delitos fiscales: características, tipos, ejemplos


Los delitos fiscales son aquellos que una persona comete cuando hace un fraude a la Hacienda Pública por medio de acciones de evasión de tributaciones, tanto si son monetarias como si son resultantes de beneficios fiscales no convenientes.

La Constitución Política de México, en la fracción IV de su artículo 31 establece el deber que tienen los mexicanos de ayudar para los gastos gubernativos de la Federación, Estados y también Municipios.

Por tanto, el pago de un impuesto resulta obligatorio, para poder darle ingreso a los montos determinados legalmente y así cumplir con la obligación principal tributaria, pudiendo generarse sanciones en caso que no se cumpla.

El sometimiento penal de las gestiones dirigidas a evitar los compromisos tributarios no está dispuesto de acuerdo a una función sancionadora, sino a la función recaudatoria, tal como se puede concluir de la posibilidad de eximir de responsabilidad penal cuando una persona regulariza su situación tributaria.

Dos elementos esenciales en estos delitos son su estructura patrimonialista, tomando en consideración su carácter público, y también la función recaudatoria que procede de esta estructura.

Índice del artículo

Características del delito fiscal

Son fraudulentos

Todos estos delitos son fundamentalmente dolosos, ya que el dolo es inseparable de la intención defraudadora del sujeto.

Aunque esta intención debe ser probada, si no se tienen suposiciones favorables a su hecho, se puede aceptar la idea de un dolo fortuito, ante las dificultades extremas que puede significar demostrar el fraude en toda su extensión.

Elementos del delito fiscal

Sujeto activo

Se refiere a la persona física que prescinda realizar el pago de forma parcial o total de algún impuesto o reciba algún beneficio ilegal en detrimento del fisco.

De igual manera, aquellos que actuando como retenedores u obligados solidarios, ignoren pagos de tributos, siempre que esa negligencia sea debida a trampas o para aprovechar el error.

Sujeto pasivo

Para los efectos fiscales, el sujeto pasivo no resulta ser el contribuyente cuyo obligado solidario tenga el deber de retenerle el pago de impuestos y no lo pague al efectuar esa retención, sino que el sujeto pasivo viene a ser el fisco, porque el crédito fiscal se ha determinado es a su favor.

Por tal razón, estará a favor de la Hacienda Pública la ejecución de cualquier acción o derecho, y no del contribuyente a quien se le ha retenido la contribución, sin detrimento de las acciones que este realice contra el retenedor.

Responsables de delito fiscal

Son responsables de un delito fiscal los que cumplen las siguientes condiciones:

  • Quienes acuerden la ejecución del delito.
  • Los que efectúen el hecho o la conducta descritos en la ley.
  • Quienes cometan en conjunto el delito.
  • Aquellos que recurran a otra persona como herramienta para realizarlo.
  • Quienes induzcan engañosamente a otra persona a cometerlo.
  • Los que ayuden de forma dolosa a otra persona para su comisión.
  • Quienes auxilien a otra persona después de su realización, cumpliendo una anterior promesa.

Sobreseimiento

Es frecuente en el derecho fiscal que se ocasione el sobreseimiento del proceso cuando los inculpados realicen o garanticen el pago de los impuestos omitidos, en conjunto con los correspondientes accesorios. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público puede pedirlo.

Tipos de delitos fiscales en México

Los diferentes tipos de delitos fiscales que están expuestos en el Código Fiscal de la Federación de México son los siguientes:

– Encubrimiento (artículo 96).

– De empleados o funcionarios públicos (artículo 97).

– Tentativa (artículo 98).

– Continuado (artículo 99).

– Contrabando (artículo 102) y sus asimilados (artículo 105).

– Defraudación fiscal (artículo 108) y sus asimilados (artículo 109).

– Relacionados al Registro Federal de Contribuyentes (artículo 110).

– Relacionados a la contabilidad, declaraciones y documentación (artículo 111).

– De interventores y depositarios (artículo 112).

– Relativos a sellos, aparatos de control y marcas oficiales (artículo 113).

– Realizados por servidores públicos en función de embargos, visitas domiciliarias y revisión ilegal de mercancías (artículo 114).

– Destrucción o robo de mercaderías en locales fiscales o fiscalizados (artículo 115).

– Operaciones realizadas con dinero adquirido por actividades ilegales (artículo 115).

Delitos fiscales de funcionarios públicos

– Ejercicio indebido de servicio público – Artículo 214.

– Abuso de autoridad y desaparición forzada de personas – Artículo 215.

– Coalición de servidores públicos – Artículo 216.

– Uso indebido de facultades y atribuciones – Artículo 217.

– Concusión – Artículo 218.

– Intimidación – Artículo 219.

– Ejercicio abusivo de funciones – Artículo 220.

– Tráfico de influencia – Artículo 221.

– Cohecho general y a servidores públicos extranjeros – Artículo 222.

– Peculado – Artículo 223.

– Enriquecimiento Ilícito – Artículo 224.

En caso que un empleado o funcionario público cometa o participe en cualquier forma en un delito fiscal, la pena a aplicar por el delito resultante se incrementará de tres a seis años de prisión según lo indicado en el Código Fiscal de la Federación

Delitos fiscales calificados y simples

Se denominan calificados cuando al ejecutarse ha habido agravantes, excluyentes o atenuantes, de lo contrario son considerados simples. Agravante es el hecho que incrementa la penalidad del delito, atenuante es el hecho que reduce tal penalidad y excluyente el que elimina la pena.

Ejemplos de delitos fiscales en México

Contrabando

Consiste en introducir al país o extraer del mismo mercancías de formas ilegales, de acuerdo al artículo 102 del Código Fiscal (CF), tales como:

– Sin permiso.

– Omitiendo el pago parcial o total de los impuestos o cuotas compensatorias.

– De exportación o importación prohibida.

Defraudación fiscal

Es el apelativo correcto de lo que se conoce como evasión fiscal, que se refiere a no pagar alguna tributación mediante el uso de artificios o valiéndose de errores cometidos por la autoridad fiscal. Sus sanciones en México están comprendidas de tres meses a nueve años de prisión.

Falsificación de facturas

No es una falsificación como tal, sino que se refiere a los documentos que sirven de soporte a operaciones que no sucedieron.

Relacionados con la contabilidad fiscal

– Quien registre sus operaciones fiscales o contables en dos o más libros con diferentes contenidos, de dos o más sistemas de contabilidad.

– Determinar con falsedad pérdidas fiscales.

– Quien altere, oculte o destruya parcial o totalmente los registros contables, al igual que la documentación correspondiente a los respectivos asientos, que se encuentre obligado a llevar conforme a las leyes fiscales.

– Quien por sí mismo, o por alguna persona interpuesta, difunda, haga uso indebido o personal, a través de cualquier forma o medio, de la información confidencial.

– El responsable de haber omitido por más de 3 meses presentar la declaración informativa de los ingresos que se hayan generado en el ejercicio inmediatamente anterior sujetos a un régimen fiscal preferente.

Omitir inscribirse en el registro federal de contribuyentes

Cuando se omite solicitar en el registro federal de contribuyentes la inscripción personal o la de un tercero por más de un año, contado desde la fecha en que dicho registro se debió hacer.

Referencias

  1. Revistas Jurídicas (2020). Infracciones y Delitos Fiscales. Tomado de: revistas.juridicas.unam.mx.
  2. Conceptos Jurídicos (2020). Delitos fiscales. Tomado de: conceptosjuridicos.com.
  3. Alexis Malpica (2016). Delitos fiscales. Sánchez Pineda Capacitadora Tomado de: sanchezpinedasc.wordpress.com.
  4. Juan Higuera (2019). Delitos Fiscales para las Personas Morales. Foro Jurídico. Tomado de: forojuridico.mx.
  5. Sergio Rivera (2020). Delitos fiscales. Ruiz Consultores. Tomado de: ruizconsultores.com.mx.