Cultura general

Elementos de validez del contrato


Los elementos de validez del contrato son la capacidad legal, ausencia de vicios en el consentimiento, objeto lícito y causa lícita del contrato.

Un contrato es un pacto legal que se concreta entre dos o más partes, cuyo cumplimiento es de carácter obligatorio. En este documento se declara un acuerdo de voluntades entre los actores involucrados.

Los contratos pueden implicar acuerdos sobre derechos familiares o patrimoniales, como por ejemplo los contratos de compraventa, o los contratos por relaciones laborales.

La legislación de cada país establece una serie de requisitos que validan el contenido de los contratos. Sin embargo, grosso modo los elementos de validez de un contrato son muy similares.

¿Qué elementos hacen que un contrato sea válido?

A nivel mundial se reconocen cuatro factores básicos que, independientemente de la legislación local, permiten distinguir la validez de un contrato.

1. Capacidad legal

Se refiere a la aptitud jurídica que tiene un individuo para ser sujeto de derechos y obligaciones. En otras palabras, se entiende como la capacidad de goce y de ejercicio, desde el punto de vista de la ley.

Este aspecto puede variar en cada país, sobre todo en lo que se refiere a las personas enjuiciadas, extranjeros con capacidad restringida (casos especiales), instituciones benéficas, etc.

Los menores de edad no son capaces de ejercicio, así como las personas mayores de edad con algún tipo de discapacidad intelectual, motriz, sensorial o emocional.

Este grupo de personas debe contar con un representante legal que vele por el ejercicio de sus derechos.

2. Ausencia de vicios en el consentimiento

Para que un contrato sea válido no deben existir vicios en el consentimiento. Este tipo de inconvenientes viene dado por errores de nulidad, violencia o dolo.

Los errores de nulidad son concepciones erradas que sobresalen a la luz del contrato. En ese sentido, se definen los términos del acuerdo según malentendidos entre las partes, o definiciones equivocadas en el contrato.

La violencia también es considerada como un vicio en el consentimiento. Siempre que el libre albedrío de las partes se vea coaccionado por el empleo de la fuerza física o de amenazas, el contrato pierde validez.

Por su parte, el dolo es cualquier medio fraudulento utilizado con la intención de perjudicar, estafar, confundir o engañar deliberadamente a la contraparte, al momento de firmar un contrato.

Éste último consiste en un acto de mala fe con premeditación, y también es considerado como un vicio en el consentimiento.

3. Objeto lícito

El objeto de un contrato es el bien material sobre el cual se realiza el contrato. Por ejemplo: si se trata de un contrato de compraventa de un vehículo, el objeto del contrato será el automóvil en cuestión.

El acto jurídico versa sobre el objeto del contrato, y el origen de este objeto debe ser lícito, es decir, debe estar dentro del marco de la ley.

4. Causa lícita

Se entiende como el propósito o la finalidad del contrato. Por ejemplo: en un contrato laboral, la causa del contrato radica en delimitar los términos de la relación entre el trabajador y el patrono.

Análogo al caso anterior, la causa del contrato debe ser cónsona con las restricciones de ley. De lo contrario, el contrato no tendrá validez alguna.

Referencias

  1. Código Civil. Gaceta Oficial de la República de Venezuela. Caracas, Venezuela, 26 de julio de 1982.
  2. Díaz, V. (2014). Elementos de existencia y validez de los contratos. Santiago de Chile, Chile. Recuperado de: repositorio.uchile.cl
  3. Requisitos esenciales para la validez de los contratos (1ª parte). (2015). Recuperado de: juiciocivil.com