Derecho

Sociologismo jurídico: origen, características, ejemplos


¿Qué es el sociologismo jurídico?

El sociologismo jurídico es una rama del pensamiento jurídico que afirma que el derecho nace de la realidad y del comportamiento del conjunto de componentes de la sociedad. Para sus seguidores, a la hora de crear normas los individuos actúan como un todo y tienen en cuenta los acontecimientos históricos que han conformado esa sociedad.

De esta forma, el sociologismo en el derecho se considera como parte del realismo jurídico, ya que afirma que los hechos son fundamentales para generar el conjunto de normas que rigen la sociedad. La jurisprudencia, formada por las sentencias anteriores sobre un mismo asunto, son más importantes que la propia literalidad de las leyes aprobadas.

Las obras del jurista Friedrich Savigny, fundador de la escuela histórica del derecho, son consideradas como el inicio del sociologismo. Sus ideas fueron desarrolladas más tarde por otros autores como Rudolf von Ihering o Max Weber.

Aunque existen pequeñas diferencias teóricas entre los partidarios de esta corriente, en general coinciden en afirmar que no existen unas leyes naturales que todos deben obedecer. Para ellos, en cambio, lo importante es la participación de toda la sociedad, y no solo del Estado, en su creación.

Origen

La escuela histórica alemana de derecho, fundada por Friedrich Savigny (1779 – 1861), fue responsable de desarrollar una serie de teorías que daban inicio al sociologismo jurídico.

Sin embargo, fue el también alemán Rudolf Von Ihering (1818-1892) quien sentó las bases definitivas de esa corriente de pensamiento. Estas se encuentran en obras como El fin del derecho, La jurisprudencia en broma o en serio y La lucha por el derecho.

Ihering rechazó las teorías vigentes en su época, como la del positivismo dogmático. Esta defendía que el derecho debía separarse totalmente de la realidad social, algo que el jurista alemán consideraba indeseable.

La idea mantenida por Ihering recalcaba la necesidad de que el derecho tuviera en cuenta y defendiera los intereses colectivos de la sociedad. Así, mantenía que no existía ningún tipo de derecho natural por encima de esos intereses.

Max Weber

Otro de los autores importantes en la creación de los postulados del sociologismo jurídico fue Max Weber (1864-1920).

El considerado fundador de la sociología moderna y del análisis de la administración pública, mantenía que el derecho debía evolucionar al mismo paso que la conducta del conjunto de la sociedad.

Para este autor, la jurisprudencia era más importante que las leyes aprobadas. Esto implica que la aplicación del derecho en los tribunales supera en importancia a la propia legislación.

Emile Durkheim

El filósofo francés Emile Durkheim (1858-1917) fue aún más contundente al afirmar que el derecho era un producto sociológico y que debe estudiarse como tal.

Durkheim sostenía que el derecho estaba conformado por ideas morales, pero que estas eran generadas por la sociedad y después adoptadas por cada persona.

Características del sociologismo jurídico

Los sociologistas, como ocurrió con los realistas jurídicos, reaccionaron contra el positivismo y la creencia en un derecho natural que empapaba todas las teorías sobre la justicia.

Este rechazo se manifestó en la creación de una rama del pensamiento jurídico que daba más importancia a la realidad social en la que se desarrollan las leyes que a la propia justicia como concepto abstracto.

Así, mientras que los partidarios del derecho natural afirmaban que la justicia solo debía responden al derecho, los sociologistas ponían el énfasis en su eficacia al servicio de la sociedad.

Construcción social

Para el sociologismo jurídico, las personas que componen la sociedad actúan como un todo a la hora de crear las normas legales. Para ello, siguen criterios puramente racionales y tienen en cuenta cómo se han resuelto los conflictos a lo largo de la historia.

Así, los sociologistas afirman que el derecho tiene su origen en la sociedad y no en individuos particulares. Se trata de una manera de proteger a la propia sociedad y de que continúe existiendo. El derecho parte de la realidad, de las diferencias existentes entre las personas y de la jurisprudencia existente.

Esto implica que las leyes deben dejar de lado todos los aspectos metafísicos, ya que no pueden estar basadas en otra cosa que en la realidad social.

Papel de los jueces

Esta rama jurídica sostiene que los elementos principales del derecho se encuentran en los tribunales. En este sentido, la influencia de las leyes escritas en las decisiones judiciales es menos que la cultura que tenga el juez, sus creencias o, incluso, su clase social.

Para parte de los sociologistas, el juez se convierte así en el principal creador de derecho.

Normas jurídicas

Aunque los sociologistas no niegan que las normas jurídicas tengan validez, afirman que su importancia se encuentra en sus efectos sobre los comportamientos y no en su contenido literal.

Escuela libre del Derecho

Existen diferentes escuelas dentro del sociologismo jurídico. Una de las que elaboró teorías más extremas fue la escuela libre de Derecho, que defendía que el juez podía ignorar la ley escrita a la hora de emitir una sentencia.

Según esta doctrina, la ley no es la creadora del derecho, sino que este papel lo ocupan las sentencias judiciales. Una consecuencia de esta teoría, defendida por los seguidores de la escuela, era despojar al Estado de su condición de elaboración de leyes.

Pragmatismo

El sociologismo jurídico en Estados Unidos tuvo como primer teórico a Roscoe Pound (1870-1964). Su pensamiento estaba basado en el pragmatismo y afirmaba que la función del derecho era cohesionar y ordenar los intereses de la comunidad.

Esos intereses procedían de los valores mantenidos por cada sociedad, incluida la idea acerca de lo que es justo y lo que es injusto.

Ejemplos

Justificación jurídica de la propiedad privada

Uno de los defensores del sociologismo jurídico, León Duguit, afirmaba que la propiedad existía solo por los efectos que tenía en la sociedad.

En sus propias palabras, el motivo era “porque la propiedad es una institución jurídica que ha nacido para satisfacer una necesidad económica”.

Sociedades anónimas

Un ejemplo del historicismo de esta corriente puede encontrarse en la respuesta a por qué existe una legislación diferenciada para las sociedades anónimas comerciales.

Para un sociologista, la respuesta tiene que buscarse en el desarrollo histórico de las organizaciones empresariales, así como de la legislación sobre ellas.

Además, para estos juristas, la sociedad es la responsable final de haber creado las leyes sobre las sociedades anónimas.

Referencias

  1. Atlantic International University. Corrientes de la filosofía jurídica contemporánea. Recuperado de cursos.aiu.edu
  2. Fundación Wolters Kluwer. Sociologismo jurídico y realismo jurídico. Obtenido de guiasjuridicas.wolterskluwer.es
  3. Krawietz, Werner. El concepto sociológico del derecho. Recuperado de cervantesvirtual.com
  4. Law Teacher. The Sociology of Law – What is it?. Obtenido de lawteacher.net
  5. 0 Sociology Guide. Sociological Jurisprudence. Obtenido de sociologyguide.com
  6. Dictionary of Sociology GORDON MARSHALL. Sociological Jurisprudence. Obtenido de encyclopedia.com